BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 28/10/2015
Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial No 9. Secretaría N° 17, en el Expte. Nº D-004395/14 caratulado: “Ejecutivo: Castillo S.A.C.I.F.I.A. c/ Subelza. Jose Javier”, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: “San Pedro de Jujuy, 22 de Mayo de 2015.- Autos y Vistos:…Resulta:… y Considerando… Resuelvo: l. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de Jose Javier Subelza (DNI 30.689.852) y hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($4.418,00.-). Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa N° 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. Nº 54, F° 673/678, N° 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC). III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC).-V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar. Fdo. Dr. Hugo Moisés Herrera-Juez, ante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria“.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 22 de Mayo de 2015.-
28/30 OCT. 02 NOV. LIQ. Nº 122329 $210,00.-








