LEY Nº 3097

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3097

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a convenir y contraer el préstamo de hasta la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL PESOS: ($ 11.633.000,00) acordado por el Directorio del Banco Nacional de Desarrollo al Gobierno de la Provincia de Jujuy, en las condiciones y plazos fijados en su resolución de fecha 8 de febrero de 1974 (Crédito Nº 5382), a la cual por la presente ley se presta entera conformidad, y con destino a la financiación parcial de las siguiente:

  1. a) Obras: “DEFENSAS, DESAGÜES Y ENCAUZAMIENTO DE RÍOS PARA PROTECCIÓN DE POBLACIONES, INSTALACIONES, ETC. EN TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE JUJUY” Monto del Préstamo: hasta CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($ 4.182.000,00).
  2. b) Obra: “CANALIZACIÓN, RECTIFICACIÓN Y PROTECCIÓN DE MÁRGENES ARROYO SAN PEDRO–JUJUY”, Monto del préstamo: hasta SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS ($ 7.451.000,00).

 

ARTICULO 2º.- En garantía de cumplimiento de las condiciones del préstamo referido en el artículo anterior, facúltase al Banco de la Nación Argentina a retener y pagar al Banco Nacional de Desarrollo, con cargo al Fondo de Coparticipación Federal de impuestos que corresponde a la Provincia de Jujuy, las cantidades que sean necesarias para cancelar cualquier cuota de amortización y/o intereses que no se hubieren atendido al tiempo de su respectivo vencimiento.

 

ARTICULO 3º.- Facúltase asimismo al Banco Nacional de Desarrollo para que recabe directamente ante las autoridades de la Nación (Ministerio de Economía, Secretaría de Estado de Hacienda), y ante el Banco de la Nación Argentina el pago de las cuotas vencidas de amortización e intereses a que alude el artículo precedente, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Febrero de 1974.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE

Secretario General Parlamentario

 

ALFREDO L. BENITEZ

Presidente

 

 

 

 

 

Sancionada 12/02/1974

Publicado en BO Nº 34 de fecha 22/03/1974