BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 28/10/2015
Dr. Jorge Daniel Alsina, (por habilitación) vocal Pte. de Trámite, en la Vocalía Nº 6, de la Sala IIda. de la Cámara en lo Civil y Comercial, de ésta ciudad de San Salvador de Jujuy, en el Expte. Nº B-138.888/05 caratulado:”Prescripcion Adquisitiva de Inmueble: Cortez, Nestor c/ Estado Provincial-Quiroga de Cruz, Ernesta-Cruz, Prudencio-Perez, Nicolas Ramón Pérez, Clotilde O Inés y Perez, Fernando”, Notifica a los herederos del Sr. Fernando Pérez, D.N.I. N° 3.980.366 que se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 08 de Octubre del Año 2015.- I.-Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado por el Dr. Juan Llanos a fs. 526 y en virtud de lo previsto por el Art. 298-2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda a los Herederos de Quien en vida fuere Fernando Pérez con D.N.I. 3.980.366. Notifíquese a los mismos mediante edictos los que se publicaran por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local. Firme se designará como representante de los mismos al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. II.-Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar los edictos correspondientes a los fines de la notificación a la demandada para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala. III- Notifíquese por Cédula y a los citados mediante edictos.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina (por habilitación)-Vocal- Por Ante mí: Dra. Agustina Paola Taglioli-Firma habilitada”.-San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2015.-
28/30 OCT. 02 NOV. LIQ. Nº 122375 $210,00.-








