BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 28/10/2015
Escritura Número Ciento Dieciocho.- 118.- Modificación de Capital Social.- En la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen, de la provincia de Jujuy, República Argentina, a dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil quince, ante mí, Liliana Graciela Kunz, Escribana autorizante Titular del Registro Notarial número setenta y tres con asiento en calle 23 de Agosto Nº 427 de esta ciudad, comparecen Juana Perez, Documento nacional de identidad número 5.390.271-CUIL Nº 24-05390271-1, quien manifiesta ser casada en primeras nupcias con Octavio Sosa, comerciante, de 70 años de edad, nacida el 16/01/1945 y Mirta Graciela SOSA, Documento nacional de identidad número 22.747.662-CUIL Nº 27-22747662-7; quien manifiesta ser soltera, comerciante, de 44 años de edad, nacida el 28/09/1971, ambas con domicilio legal, real y fiscal en Avenida El Éxodo número 134, de Barrio Centro, de la ciudad de Perico, ex profeso aquí.- Las comparecientes son argentinas, mayores de edad, capaces, personas a las que afirmo conocer de conformidad al artículo 306 inciso b del Código Civil y Comercial de la Nación.- Exposición: Las comparecientes dicen que por escritura Nº 67 de fecha 26 de mayo de dos mil quince, autorizada a los folios 105, 106, 107 y 108 y escritura Nº 81 de fecha 2 de julio de 2015, autorizada al folio 144, ambas del Protocolo “A” año 2015, a mi cargo, decidieron constituir una sociedad de responsabilidad limitada bajo la denominación “RAFAEL EXPRESS S.R.L.”.- Declaración: Expresan las comparecientes que según la resolución de fecha 25 de agosto de 2015 emitida por el juzgado interviniente en la solicitan actualizar el capital social, es que han decido modificar y actualizar el artículo tercero referente al capital social que dice: “Tercero: Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($130.000), representado por ciento treinta cuotas sociales de PESOS UN MIL ($1000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas e integradas por los socios en este acto en dinero en efectivo, en las siguientes proporciones: Mirta Graciela Sosa suscribe OCHENTA (80) cuotas sociales de Pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, es decir la suma de Pesos Ochenta mil ($80.000) y Juana Pérez, suscribe CINCUENTA (50) cuotas sociales de pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, o sea la suma de Pesos Cincuenta mil ($50.000).- Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital con el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el monto, plazo y forma de integración de las mismas, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios”.- Quedando con la modificación redactado de la siguiente manera: “Tercero: Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($180.000,00), representado por ciento ochenta cuotas sociales de PESOS UN MIL ($1000,00) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas e integradas por los socios en este acto en dinero en efectivo, en las siguientes proporciones: Mirta Graciela Sosa suscribe CIENTO TREINTA (130) cuotas sociales de Pesos Un mil ($1.000,00) de valor nominal cada una, es decir la suma de Pesos Ciento treinta mil ($130.000,00) y Juana Pérez, suscribe CINCUENTA (50) cuotas sociales de pesos Un mil ($1.000,00) de valor nominal cada una, o sea la suma de Pesos Cincuenta mil ($50.000,00).- Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital con el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el monto, plazo y forma de integración de las mismas, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios.”.- En consecuencia y por lo expuesto queda efectuada dicha modificación que complementa el instrumento ya relacionado en su parte pertinente.- Las comparecientes y socias por este instrumento Declaran Bajo Juramento lo siguiente: 1) Que el domicilio legal y fiscal de la sociedad que constituyen donde funciona efectivamente la dirección y administración de la misma es en Avenida El Éxodo número 134 del barrio Centro de la ciudad de Perico, departamento El Carmen de esta provincia .- 2) Que la dirección de correo electrónico de la firma social es “sosa_lm85@hotmail.com.ar”.- 3) Que la sociedad ni las socias NO se encuentran incluidas y/o alcanzadas dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” conforme con la Resolución UIF Nº 11/2011.- LEO esta escritura a las comparecientes, quienes ratifican su contenido y firman ante mí, doy fe.- Ante mí hay dos firmas ilegibles: una con aclaración que pertenece a Mirta Graciela Sosa y una sin aclaración que pertenece a Juana Pérez.- Esta mi firma y sello “Liliana Graciela Kunz-Escribana-Titular de R. Nº 73-Monterrico-Jujuy”.- Concuerda fielmente con su escritura matriz que pasó ante mí a los folios 210 y 211 del protocolo “A” a mi cargo.- Para la sociedad expido este primer testimonio en dos hojas de actuación notarial Nº A00896597 y A00896598, las que firmo y sello en la ciudad de Monterrico a dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil quince.- ESC. LILIANA GRACIELA KUNZ, TIT. REG. Nº 73-MONTERRICO-JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 15 de Octubre de 2015.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
28 OCT. LIQ. Nº 122364 $100,00.-








