BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/2015

Escritura Número Ciento Diecinueve.-119.-Modificación de Denominación Social y Capital.- En la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen, de la provincia de Jujuy, República Argentina, a dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil quince, ante mí, LILIANA GRACIELA KUNZ, Escribana autorizante Titular del Registro Notarial número setenta y tres con asiento en calle 23 de Agosto Nº 427 de esta ciudad, comparecen Osvaldo Domingo GUERRERO, Documento nacional de identidad número 16.051.448-CUIT Nº 20-16051448-6, quien manifiesta ser casado en primeras nupcias con Gudelia Adolfina Ríos, empleado, de 52 años de edad, nacido el 3 de febrero de 1963 y Alex Martín GUERRERO, Documento nacional de identidad número 39.930.056-CUIT Nº 20-39930056-9, quien manifiesta ser soltero, estudiante, de 18 años de edad, nacido el 2 de enero de 1997, ambos con domicilio legal, real y fiscal en calle Córdoba Nº 282 de esta ciudad.- Los comparecientes son argentinos, mayores de edad, capaces, justifican sus identidades con los documentos relacionados, los que me exhiben en sus originales y en fotocopia agrego a la presente, de conformidad al artículo 306 inciso a del Código Civil.- Exposición: Los comparecientes dicen que por escritura Nº 71 de fecha 1 de junio del año dos mil quince autorizada a los folios 115, 116, 117 y 118 en el Protocolo “A” año 2015, a mi cargo, decidieron constituir una sociedad de responsabilidad limitada bajo la denominación “FARMACIA VIRGEN DEL VALLE S.R.L.”.- Declaración: Expresan los comparecientes que según el informe emitido por Mesa General de Entradas del Poder Judicial de la provincia de Jujuy ya existen dos sociedades con idéntica denominación, es por ello que los comparecientes para evitar confusiones y conforme las resoluciones emitidas por el juzgado de comercio Nº 7 interviniente en la inscripción, que solicita a los socios que modifiquen la denominación social, es que han decido modificar la denominación social y con ello el artículo primero de la constitución de la sociedad que dice: Primero: Denominación y Domicilio: La sociedad girará bajo la denominación de: “FARMACIA VIRGEN DEL VALLE S.R.L.”, que funcionará y tendrá como domicilio legal y social calle Córdoba número 412 de la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen de esta provincia.- Los comparecientes declaran que la farmacia ya posee la correspondiente y requerida habilitación del departamento de Farmacia del Ministerio de Salud Pública de la provincia de Jujuy”.- Quedando el artículo primero, ya con la modificación realizada, redactado de la siguiente forma: “Primero: Denominación y Domicilio: La sociedad girará bajo la denominación de: “FARMACIA MONTERRICO S.R.L.”, que funcionará y tendrá como domicilio legal, social y fiscal calle Córdoba número 412 de la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen de esta provincia.- Los comparecientes declaran que la farmacia ya posee la correspondiente y requerida habilitación del departamento de Farmacia del Ministerio de Salud Pública de la provincia de Jujuy.- Asimismo los comparecientes deciden modificar el artículo tercero del contrato constitutivo que dice: “Tercero: Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000,00), representado por cien cuotas sociales de PESOS UN MIL ($1000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas e integradas por los socios en este acto en dinero en efectivo, en las siguientes proporciones: Osvaldo Domingo Guerrero suscribe OCHENTA (80) cuotas sociales de Pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, es decir la suma de Pesos Ochenta mil ($80.000,00) y Alex Martín Guerrero, suscribe VEINTE (20) cuotas sociales de pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, o sea la suma de Pesos Veinte mil ($20.000,00).- Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital con el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el monto, plazo y forma de integración de las mismas, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios”.- Con la modificación realizada queda redactado de la siguiente manera: “Tercero: Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00), representado por ciento sesenta cuotas sociales de PESOS UN MIL ($1000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas e integradas por los socios en este acto en dinero en efectivo, en las siguientes proporciones: Osvaldo Domingo Guerrero suscribe CIENTO VEINTE (120) cuotas sociales de Pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, es decir la suma de Pesos Ciento veinte mil ($120.000,00) y Alex Martín Guerrero, suscribe CUARENTA (40) cuotas sociales de pesos Un mil ($1.000) de valor nominal cada una, o sea la suma de Pesos Cuarenta mil ($40.000,00).- Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital con el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el monto, plazo y forma de integración de las mismas, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios”.- En consecuencia y por lo expuesto queda efectuada dicha modificación que complementa el instrumento ya relacionado en sus partes pertinentes.- Los socios por este instrumento Declaran Bajo Juramento lo siguiente: 1) Que el domicilio legal, social y fiscal de la sociedad que constituyen donde funciona efectivamente la dirección y administración de la misma es en calle Córdoba número 412 de la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen de esta provincia.- 2) Que la dirección de correo electrónico de la firma social es: “fciavvalle@hotmail.com”.- 3) Que la sociedad y los socios NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” conforme con la Resolución UIF Nº 11/2011.- LEO esta escritura a los comparecientes, quienes ratifican su contenido y firman ante mí, doy fe.- Ante mí hay dos firmas ilegibles con aclaración que pertenecen a Osvaldo Domingo Guerrero y Alex Martín Guerrero.- Esta mi firma y sello “Liliana Graciela Kunz-Escribana-Titular de R. Nº 73-Monterrico- Jujuy”.- Concuerda fielmente con su escritura matriz que pasó ante mí a los folios 212 y 213 del protocolo “A” a mi cargo.- Para los otorgantes expido este primer testimonio en dos hojas de actuación notarial Nº A 00896599 y A 00896600, las que firmo y sello en la ciudad de Monterrico a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil quince.- ESC. LILIANA GRACIELA KUNZ, TIT. REG. Nº 73, MONTERRICO-JUJUY.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 15 de Octubre de 2015.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

26 OCT. LIQ. Nº 122363 $100,00.-