BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 23/10/2015
En el Expte. N° C-049552/15, caratulado: “PRESCRIPCION ADQUISITIVA: RIOS JULIAN c/ ESTADO PROVINCIAL”, que tramita por ante la Cámara Civil y Comercial, Sala I Vocalía N° 2, a cargo de la Dra. María Virginia Paganini, se procede a notificar los siguientes proveídos: “San salvador de Jujuy, 31 de agosto de 2015.- I.-Téngase por presentado el Dr. FERNANDO ENRIQUE ALANCAY por parte en nombre y representación de JULIAN RIOS a mérito de la copia de poder general para juicios que acompaña, y por constituido domicilio legal.- II.-Atento el estado de la causa, las constancias de autos y lo solicitado córrase traslado de la demanda por Prescripción adquisitiva de dominio interpuesta, en contra de ESTADO PROVINCIAL y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlos si no lo hicieran (art. 298 del C.P.C. Art. 531 del C.P.C. conf. Modificaciones de la ley 5486).- III.- Publíquense edictos por tres veces dentro de un periodo de cinco días en el Boletín Oficial y un diario local.- IV.-Además deberán exhibirse los edictos en el local de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy; y transmitir mediante radiodifusión local durante tres días debiendo acreditar con la certificación respectiva (conf. Art. 535 del C.P.C. modificado por ley 5486).- V.-Intímeselos en igual termino para que constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- VI.-Asimismo, cítese como terceros en los términos del art.534 del C.P.C. (conf. Modifi. Ley 5486) a la Municipalidad de Humahuaca para que comparezcan dentro de los quince días de ser notificados a fin de tomar conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, su incomparencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. A los fines precedentes, previo, deberá el promotor de autos denunciar los nombres, números de documento y domicilios reales de los nombrados, como colindantes.- VII.-Notificaciones en Secretaria los martes y jueves o el siguiente hábil en caso de feriados.- VIII.-Notifíquese por cedula.” Fdo. Dra. Maria Virginia Paganini-Juez-Ante Mi: Dra. Mariana Del Valle Drazer-Secretaria.-“San Salvador de Jujuy, 15 de septiembre de 2015.-I.-Proveyendo al escrito de fs.22 y el informe que antecede, revóquese por el punto 1) de la providencia de fs.20 debiendo tenerse por presentada la Dra. Ana Gabriela Alancay en nombre y representación de Julián Ríos a mérito de la copia de poder general para juicios que acompaña.- II.-A lo solicitado en el último párrafo del escrito de fs.22, hágase lugar y al punto 4) deberá revocarse el lugar donde se exhibirán los edictos siendo en la Municipalidad de Humahuaca.- III.-Conforme lo dispone el art. 72 del C.P.C. y a modo de colaboración con el Tribunal deberá la Dra. Alancay confeccionar y presentar para control y firma las diligencias ordenadas en el proveído de fs.20.- IV.-Notifíquese por cedula.”Fdo. Dra. Maria Virginia Paganini-Juez-Ante mí: Dra. Mariana del Valle Drazer- Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por Tres veces en Cinco Días.- Transmitir mediante radiodifusión local durante 30 días y exhibirse en la Municipalidad de Humahuaca.-
19/21/23 OCT. LIQ. Nº 122303 $210,00.-








