BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 19/10/2015
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7, SECRETARIA N° 14, en el Expte. N° C-024715/14, caratulado: “EJECUTIVO: “HECTOR RAUL MONTAÑO C/ ALBERTO FELIX OZAN, se hace saber al demandado Sr. ALBERTO FELIX OZAN, la siguiente sentencia: SALVADOR DE JUJUY, 03 de Septiembre de 2015.- AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.- Tener por presentada al Dr. SERGIO MARCELO CAU LOUREYRO, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. ALBERTO FELIX OZAN, a mérito de las facultades conferida a fs.74.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por HECTOR RAUL MONTAÑO, en contra de ALBERTO FELIX OZAN, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500),con más las costas del juicio y el interés a la TASA ACTIVA que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora 30/Abril/2014 y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios del Dr. RICARDO RODOLFO ALMARAZ, en la suma de $600 y Dra. NOELIA DEL R. BARCONTE, en la suma de $1.400.-,por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme TASA ACTIVA que el Banco de la Nación Argentina cobra mensualmente para sus operaciones de descuento y lo considerado, con mas IVA si correspondiera.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mi: Esc. Nadia Torfe-Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.-Secretaria por Habilitación: Esc. Nadia Torfe.- San Salvador de Jujuy, 03 de Septiembre de 2015.-
16/19/21 OCT. LIQ. Nº 122279 $210,00.-








