LEY Nº 458

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 458
ARTICULO 1º.- Autorízase al P. E. para vender en licitación pública
ajustándose a las condiciones y proyecto formulado por el Departamento
de Obras Públicas, el terreno, casa existente en parte de él y los
materiales sobrantes de la demolición efectuada para el ensanche de la
calle General Balcarce, entre Avenida Centenario y Calle Salta,
adquiridos al señor Luis Freije.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al P. E..-
SALA DE SESIONES Jujuy, Junio 29 de 1921.-
ERNESTO CUÑADO FROILAN A. CALVETTI
Secretario Presidente