BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 02/10/2015
DR. JORGE DANIEL ALSINA-VOCAL, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial-Sala II-Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-032913/2014 Caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: Miranda, María Eva, por si y en representación de sus hijos menores Mailen Nicole Segovia, y Héctor Daniel Segovia, y Elvia Soledad Segovia Miranda, d Loza, Alfredo Enrique, Pizarro, Filomena, Pantoja, José Antonio, Federación Patronal Seguros S.A., Aseguradora Federal Argentina S.A., Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A. y Ledesma S.A” se ha dictado el siguiente PROVEÍDO: San Salvador de Jujuy, 24 de agosto de 2015. Proveyendo a fs. 296: Dese por decaído el derecho a contestar demanda a José Antonio Pantoja, notifíquese. Fecho dése intervención a la Sra. Defensora de Pobres y Ausentes en su representación en virtud del art. 196 del C.P.Civil. Notifíquese José Antonio Pantoja por Edictos por tres veces en cinco días en un Diario Local y en el Boletín oficial, imponiéndose la carga de carga de su confección al letrado peticionante, en virtud de los arts. 50 y 72 del C.P.Civil. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina-Vocal-Ante mi: Ana Lía Lorente-Prosecretaria”.-
30 SEPT. 02/05 OCT. LIQ. Nº 122157 $210,00.-








