BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/2015
El Dr. SEBASTIAN CABANA, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el EXPTE. Nº B-258607/11, caratulado: “EJECUTIVO: PALUE S.R.L. c/ GAITAN, RAÚL ALEJANDRO” procede a notificar el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Noviembre de 2.014.- AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:… CONSIDERANDO:…RESUELVE: I- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por PALUE S.R.L., en contra del Sr. GAITÁN, RAUL ALEJANDRO, D.N.I. Nº 23.581.193, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CTVOS. ($1.629,99), que surge tres pagarés por PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CTVS. ($543,33) cada uno y firmados con fecha de vencimiento 10/08/2011, 05/08/2011 y 08/08/2011 respectivamente, con más los intereses a tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B- 145731/05 (Sala I del Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235). II. Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). III. Diferir la regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes hasta tanto se apruebe Planilla de Liquidación en autos. IV. Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Dr. Sebastián Cabana Dra. Ortiz Aramayo Juez Secretaria. Publíquese edictos por tres veces en CINCO DÍAS, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 01 de Diciembre de 2.014.- Secretaría Nº 8, a cargo de la Dra. Ortiz Aramayo, Patricia, Secretaria.-
25/28/30 SEPT. LIQ. Nº 122128 $210,00.-








