BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/2015

DR. SEBASTIAN CABANA, JUEZ HABILITADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-224015/11 caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ BASUALDO MARIA EUGENIA”, hace saber a la Sra. BASUALDO MARIA EUGENIA la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 07 de Mayo del 2.015.- AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social C.A.R.S.A. SOCIEDAD ANONIMA en contra de la SRA. MARIA EUGENIA BASUALDO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO con CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($2.805,53) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorio, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del DR. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN ROS en la suma de PESOS OCHOCIENTOS ($800.-) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. Nº 12, Fº 187/188 Nº 134, 24/08/09) y lo dispuesto por el Art. 1.627 del Código Civil, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 11 en contra de la SRA. MARIA EUGENIA BASUALDO mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.-Fdo. Dr. Sebastián Cabana-Juez Habilitado-Ante Mí: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 27 de Mayo de 2015.

25/28/30 SEPT. LIQ. Nº 122058 $210,00.-