BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 28/09/2015
Nro. 67. ESCRITURA NÚMERO SESENTA Y SIETE. Sección “A”. DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACION DE INSCRIPCION DE SOCIEDAD DENOMINADA: HCARDOZO S.R.L. En la Ciudad de Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Dos días del mes de Julio del año Dos mil quince, ante mí, Escribana Gabriela Alejandra Strizic, Titular del Registro Notarial número Ochenta, comparecen: la Señora Sandra Beatriz CARDOZO, Documento Nacional de Identidad número 32.888.375, C.U.I.L. número 27-32888375-4, nacida el día 12 de Junio del año 1987, de 28 años de edad, quien suministra los siguientes datos personales: estado civil soltera, tener domicilio real y fiscal en calle Vélez Sarsfield número Cuatrocientos setenta y cuatro de esta Comuna; y la Contadora Pública Nacional Laura Graciela GALIAN, Documento Nacional de Identidad número 25.064.567, C.U.I.T. número 27-25064567-3, nacida el día 14 de enero del año 1976, de 39 años de edad, quien suministra los siguiente datos personales: estado civil casada en primeras nupcias con Rolando Marcelo Salgueiro, tener domicilio real y fiscal en calle Mejias de Mirabal número Un mil doscientos setenta y dos del Barrio Coronel Arias de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy-de transito aquí-. Ambas comparecientes son nacionalidad argentina, mayores de edad y son individualizadas mediante la exhibición de los documentos de identidad antes referenciados, conforme lo establece la legislación vigente. La Señora Sandra Beatriz Cardozo, actúa por sus propios derechos en su carácter de socia y liquidadora designada de la sociedad denominada “HCARDOZO S.R.L. en liquidación”, y también lo hace en nombre y legal representación del Socio Daniel Hernán CARDOZO, Documento Nacional de Identidad número 34.635.223, C.U.I.T. número 20-34635223-0, nacido el día 26 de Junio del año 1989, soltero, con domicilio real en calle Julio casares número Cinco mil seiscientos veinticinco de la Localidad de Ezpeleta, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, a mérito de Poder Especial de fecha Dieciséis de Diciembre del año Dos mil catorce, autorizado al Folio número 762 del protocolo de la Escribana Marcela Alejandra Fiaschini, Notaria Titular del Registro número Ocho del Partido de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, cuyo Primer testimonio se encuentra legalizado con fecha Dieciocho de Diciembre del año Dos mil catorce, por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires-Delegación Lomas de Zamora-, instrumento que posee las facultades suficientes para este otorgamiento, el cual en original tengo a la vista y engloso al Legajo de comprobantes de este documento notarial. La Contadora Galian, actúa en su carácter de liquidadora designada de la sociedad antes mencionada. I-) DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN y CANCELACION DE INSCRIPCION: A-) Exposición: Las Señoras Sandra Beatriz Cardozo y Laura Graciela Galian, manifiestan: PRIMERO: Que con fecha Ocho días del mes de Agosto del año Dos mil trece, mediante Escritura Pública número Ochenta y dos, autorizado por la escribana actuante a los folios 184 a 187, se constituyo la sociedad denominada “HCARDOZO S.R.L.”, CUIT 30-71419656-8 la cual fue inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al folio número 77, Acta número 77 del Libro V de Sociedad de Responsabilidad Limitada y registrado con copia, bajo Asiento número 56, al Folio 455 a 460 del Legajo XVIII, Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., ambas inscripciones de fecha 17 de Septiembre del año 2013, siendo socios de dicha institución la Señora Sandra Beatriz Cardozo y su hermano el Señor Daniel Hernán Cardozo. SEGUNDO: Que mediante Acta de Asamblea Extraordinaria número Uno (1) de fecha Dieciséis de Marzo del año Dos mil quince, que obra a fojas 1 a 5 del Libro de Acta de Asamblea número Uno (1), rubricado por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy con fecha 17 de Septiembre del año 2013, en la cual se ha resuelto de manera unánime por los socios proceder a la Disolución Anticipada, Liquidación Total, Nombramiento de los liquidadores y cancelación de inscripción en el Registro Público de Comercio de la Sociedad HCARDOZO S.R.L.. TERCERO: Que ejecutando las decisiones adoptada por la respectiva asamblea antes referenciada, de la sociedad que representan en su carácter de Liquidadoras, mediante esta escritura pública formalizan los siguientes actos: 1.) Disolución anticipada de la sociedad, Liquidación y Cancelación de la Inscripción en el Registro público de Comercio. 2.) Designación de la Contadora Pública Nacional Laura Graciela Galian y de la propia Sandra Beatriz Cardozo, como liquidadores de la sociedad. 3.) Aprobación del balance final de liquidación al 28 de Febrero del año 2015. 4.) Aprobación del proyecto de distribución. CUARTO: Que en consecuencia las dicentes, en ejecución de lo resuelto en la mencionada asamblea otorgan la presente escritura instrumentando en legal forma la disolución de la sociedad, y con el objeto de dejar debidamente acreditada en este instrumento de las citadas decisiones, y me solicita que transcriba el Acta de Asamblea Extraordinaria número Uno (1) de fecha Dieciséis de Marzo del año Dos mil quince, antes detallada; documentación que en su original tengo a la vista y copiada en la forma requerida y por su orden dice así: “Acta Asamblea Extraordinaria Nº 1 . En la ciudad de Perico, a los 16 días del mes de Marzo del año 2015, siendo las horas veintiuna, se reúnen en la sede social de la sociedad “HCARDOZO S.R.L.”, sito en calle Vélez Sarsfield número 474 de la Ciudad de Perico, la totalidad de los socios, es decir los Señores Daniel Hernán Cardozo y Sandra Beatriz Cardozo, representando el cien por ciento (100%) del capital social. Preside la reunión don Daniel Hernán Cardozo, en su carácter de Socio Gerente, quien expresa que atento encontrarse reunidos la unanimidad de los socios, que representan la totalidad del capital social con derecho a voto se omitieron la publicación de avisos y/o notificaciones convocando a la asamblea, tal como lo prevé la legislación vigente. Ambos socios, ponen a consideración los siguientes puntos para tratarse como orden del día: PRIMERO: DISOLUCIÓN ANTICIPADA DE LA SOCIEDAD; SEGUNDO: LIQUIDACIÓN TOTAL DE LA SOCIEDAD, NOMBRAMIENTO DEL/LOS LIQUIDADOR/ES Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO. TERCERO: CONSIDERACIÓN DEL INVENTARIO Y ESTADOS CONTABLES IRREGULARES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONOMICO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013, NOTAS Y ANEXOS; MEMORIA, INVENTARIO Y ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONOMICO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014, NOTAS Y ANEXOS COMPARATIVOS CON EL EJERCICIO ANTERIOR; BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN Y PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN AL 28 DE FEBRERO DE 2015 (arts. 103, 109 y 110 ley 19.550). Que respecto del primer punto, expresa el Señor Daniel Cardozo que atento observar la inactividad societaria, fundamentada en la imposibilidad de conseguir los permisos policiales para el funcionamiento de la sociedad como empresa de seguridad privada, frustrándose e impidiendo el cumplimiento del objeto social, considera innecesario mantener vigente la sociedad, ello con su consiguiente costo fiscal, en detrimento del interés de los socios, lo cual es aceptado por la Señora Sandra Cardozo. Agotado el debate es aprobado por unanimidad de los socios, resolviendo: 1°) Declarar la disolución total de la sociedad “HCARDOZO S.R.L. “, poniéndola en estado de Liquidación. Se pone a consideración el segundo punto, lo cual como consecuencia de la aprobación unánime del primer punto resulta que se resuelve de manera unánime designar como liquidadores los Señores: 1-) Sandra Beatriz Cardozo, argentina, documento nacional de identidad número 32.888.375, con domicilio real en calle Vélez Sarsfield número 474 de Ciudad Perico y 2-) Contador Público Nacional Laura Graciela Galian, documento nacional de identidad número 25.064.567, Matrícula Consejo Profesional d Ciencias Económicas de Jujuy Nº 952, con domicilio legal en calle Zurita número 309 departamento 441 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, quienes actuarán en forma indistinta, ejerciendo la representación legal de la sociedad, actuando bajo y con el aditamento de “HCARDOZO S.R.L.- en liquidación”, con las facultades que emanan de los estatutos sociales y concordantes de la ley 19.550, procediendo a otorgar por acto de escritura pública la resolución de esta asamblea, así como todo otro instrumento público o privado que conforme con la ley así se exija y presenten ante el organismo de control, esto es el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, la documentación tendiente a lograr la inscripción de la disolución en el Registro de Comercio y su consecuente designaciones de liquidadores. A tal efecto queda facultado para contestar vistas, otorgar cuantos instrumentos públicos y privados fueren menester, publicar avisos y edictos. Presente en este acto ambos liquidadores, aceptan sus cargos. Acto seguido se resuelve de manera unánime, solicitar al Registro Público de Comercio, la cancelación de la inscripción de la sociedad. A continuación se pone en consideración el tercer punto del orden del día y ambos socios resuelven de manera unánime la aprobación de la Memoria, Inventario y Estados contables irregulares correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2013, sus Notas y Anexos, la Memoria, Inventario y Estados Contables correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2014, sus Notas y Anexos comparativos con el ejercicio anterior; y Balance Final de Liquidación al 28 de febrero de 2015, de los que de conformidad con las constancias contables, surge la total inexistencia de pasivo social alguno; y el Proyecto de Distribución, todos los cuales obran en los libros respectivos. El Balance Final de Liquidación se transcribe así: BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN Y DISTRIBUCIÓN: Total del Activo pesos doscientos mil ($200.000) Total del pasivo pesos cero ($0), Total del Patrimonio Neto pesos doscientos mil ($200.000). Por lo que el total de Patrimonio a distribuir entre los señores socios asciende a pesos doscientos mil ($200.000). Los socios en su totalidad aprueban el BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN Y EL PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN de conformidad con el siguiente tenor: PLAN DE PARTICIÓN DE LOS SOCIOS. De conformidad con el Balance Final de Liquidación de la sociedad y habida cuenta de la inexistencia de todo pasivo, se propone el siguiente PLAN DE PARTICIÓN: PATRIMONIO NETO A DISTRIBUIR ENTRE LOS SEÑORES DANIEL HERNAN CARDOZO Y SANDRA BEATRIZ CARDOZO, pesos DOSCIENTOS MIL ($200.000). Al socio señor Daniel Hernán Cardozo le corresponde en efectivo pesos cuarenta y cinco mil ($45.000) y en créditos de su cuenta particular pesos ciento treinta y cinco mil ($135.000), a la Señora SANDRA BEATRIZ CARDOZO, le corresponde en efectivo pesos cinco mil ($5.000). (Total valores a distribuir) y en créditos de su cuenta particular quince mil ($15.000). Total valores a distribuir pesos doscientos mil ($200.000). Ambos socios de manera unánime facultan a los liquidadores para que invistiendo la representación legal de la sociedad, procedan a otorgar la o las escrituras públicas y demás instrumentos públicos y privados que fueren menester, sirviendo la presente como autorización expresa, otorgar suficiente recibo y carta satisfactoria de pago en compensación de sus porciones de capitales y demás haberes sociales y en fin realizar cuantos más actos, gestiones, trámites y diligencias fueren conducentes, como así también para contratar y designar profesionales idóneos para la realización de los instrumento necesarios; quedando los liquidadores ampliamente facultados para realizar los actos jurídicos que surgen de los correspondientes estatutos sociales y la ley 19.550, que aquí se consideran reproducidos a estos efectos, actos éstos de transmisión que podrán válidamente otorgar una vez inscripto el nombramiento del liquidador en el Registro Público de Comercio. Sin más, se dio término a la reunión de socios, siendo las veintidós horas.” Hay tres firmas con las siguientes aclaraciones “CARDOZO DANIEL H.-DNI 34635223. SANDRA CARDOZO-DNI 32.888.375-C.P.N. LAURA GRACIELA. GALIAN-M.P. Nº952-C.P.C.E. JUJUY”, lo transcripto es copia fiel de su original, doy fe, el cual en fotocopia engloso al Legajo de Comprobantes de este instrumento público. QUINTO: De esta forma las comparecientes, en el carácter invocado, declaran cumplido el requisito formal de la transcripción del documento relativos a la disolución, nombramiento de liquidadores y demás recaudos señalados precedentemente y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 102 y concordantes de la ley 19.550, solicita de mí Escribana Autorizante, que de la presente expida testimonio para su inscripción y solicite dicho trámite por ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy. Yo, Notaria Autorizante, hago constar que: 1. Agrego fotocopias certificadas: a) del contrato constitutivo debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy; b) del balance final y del proyecto de distribución, que obran del folio 7 a 8 del libro de inventario número 1 de la sociedad, rubricado por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy con fecha 17 de Septiembre del año 2013. 2. Las comparecientes acreditan la representación invocada con la siguiente documentación que tengo a la vista en original y agrego en fotocopia al Legajo de comprobantes: a) La primera copia de la escritura de constitución referenciada en el apartado Primero de Exposiciones. b) La primera copia del Poder Especial de fecha Dieciséis de Diciembre del año Dos mil catorce, autorizado al Folio número 762 del protocolo de la Escribana Marcela Alejandra Fiaschini, Notaria Titular del Registro número Ocho del Partido de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, cuyo Primer testimonio se encuentra legalizado con fecha Dieciocho de Diciembre del año Dos mil catorce, por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires-Delegación Lomas de Zamora-, c) El invocado carácter de liquidadores resulta del acta transcripta en el apartado Cuarto que antecede.- Previa lectura y ratificación, firman en constancia los comparecientes, por ante mí, Escribana Autorizante, que Certifico y Doy Fe.- Firmado: Sandra B. CARDOZO, Laura G. GALIAN ante mí: G. STRIZIC, está mi sello notarial.-ES COPIA FIEL DE LA ESCRITURA MATRIZ, la cual autoricé a los Folios números Ciento cuarenta y cinco a Ciento cuarenta y ocho, en el Protocolo del Registro Notarial número Ochenta, del cual soy Titular, doy fe.-EXPIDO ESTE PRIMER TESTIMONIO en cuatro fojas de Actuación Notarial números A-00881915 a A-00881918, para HCARDOZO S.R.L.-en liquidación, en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.-ACT. NOT. Nº A 00175148, ESC. GABRIELA ALEJANDRA STRIZIC, TIT. REG. Nº 80, PERICO-JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre de 2015.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
28 SEPT. LIQ. Nº 122140 $100,00.-








