BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 18/09/2015

EL DR. JORGE DANIEL ALSINA, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial y Presidente de Tramite en el Expte. B-265847/11 caratulado: “Ordinario por Cobro de Pesos: Tarjeta Naranja S.A. c/ MOYA JORGE DANIEL” ordena por este medio notificar al Sr. MOYA JORGE DANIEL del siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, a los 17 días del mes de marzo de dos mil quince, reunidos los Sres. Vocales de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, Dres. Jorge Daniel Alsina, Enrique Mateo y Noemí Demattei de Alcoba, vieron el Expte. N° B-265.847/11, “Ordinario por cobro de pesos: Tarjeta Naranja S.A. C/ Moya, Jorge Daniel”, Por los fundamentos expuestos, la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Resuelve: I. Hacer lugar a la demanda por cobro de pesos, promovida por Tarjeta Naranja S.A. en contra de Jorge Daniel Moya, condenando a esta última a abonar a la actora en el plazo de diez días, la suma de $5.018,45, con más los intereses consignados en los considerandos de la presente. II. Imponer las costas del proceso a la demandada. III. Regular los honorarios del Dr. Guillermo Snopek en $1.003 conforme lo dispuesto por los Arts. 2º,4º,6º,8º y 10º de la Ley 1.687/46 t.o. Dicha suma devaneará el mismo interés por igual lapso de tiempo que pare le capital. Asimismo, se le adicionará I.V.A. si correspondiere. IV. Agréguese copia en autos notifíquese, etc. Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina, Enrique Mateo, Noemi Demattei de Alcoba. Ante mi: Proc. Ana Lía Lorente Prosecretaria.-Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy 27 de Marzo 2015.

18/21/23 SEPT. LIQ. Nº 122066 $210,00.-