BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/2015
Dr. Hugo César Moisés Herrera-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18, en el Expte. N° A-51513/12, caratulado: Credinea S.A. c/ Mauricio Rene Albarracín, procede a notificar al Sr. Mauricio Rene Albarracín, DNI N° 28675277 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy 23 de Abril de 2012.- Téngase por presentado la Dra. Silvana Lucia Di Pasquo, por constituido domicilio legal y por parte en representación de CREDINEA S.A. a mérito de la copia juramentada de Poder.- Téngase por interpuesta demanda ejecutiva por cobro de pesos de conformidad a lo establecido por los arts. 472, 460, 471, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. Mauricio Rene Albarracín en el domicilio denunciado, por la suma de pesos SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 91/100 en concepto de capital, con más la de pesos TRESCIENTOS DIECISIETE, calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio…..y cítesele de remate para que dentro del plazo de CINCO DIAS comparezca ante este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- Por igual termino, se intimara la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts 52 y 154 del CPC)….- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el día siguiente hábil si alguno de ellos fuese feriado- Notifíquese.- San Pedro de Jujuy, 26 de Mayo de 2015.- I.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por la Dra. Silvana Lucia Di Pasquo, ordénese la notificación por edictos al demandado señor Mauricio Rene Albarracín, conforme lo prevee el Art. 162 del CPC. Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.- II.- Notifíquese Fdo. Dr. Hugo César Moisés Herrera-Juez-Ante mí-Dra. Lilian Inés Conde-Secretaria.-San Pedro de Jujuy, 26 de Mayo de 2015. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-
31 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 121845 $210,00.-








