BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 26/08/2015
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-009057/13 Caratulado: EJECUTIVO: SISTEMAS UNIFICADOS DE CRÉDITO DIRIGIDOS SUCRED S.A C/ MOLLO MARIO TOMAR, hace saber al SR. MOLLO MARIO TOMAS la siguiente RESOLUCION, que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR de Jujuy, 30 de Marzo del 2015.-AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITOS DIRIGIDOS S.U.C.R.E.D. SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. MARIO TOMAS MOLLO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO con VEINTE CENTAVOS ($3.634,20) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorio, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de la DRA. ANALIA ELZABETH ALMAZAN en la suma de PESOS UN MIL ($1.000.-), por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. Nº 14, Fº 27/28 Nº 16, 11/03/11) y lo dispuesto por el Art. 1.627 del Código Civil, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Marisa E. Rondon- Juez- Ante Mi Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 14 de Abril del 2.015.-
21/24/26 AGO. LIQ. Nº 121832 $210,00.-








