BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 14/08/2015
DECRETO Nº 3382-P.-
EXPTE. Nº 660-762-P/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 AGO. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Al solo efecto de su regularización administrativa, téngase por designados a los Abogados FEDERICO NICOLAS NAZARIO Y MARIANO GABRIEL MIRANDA, como SINDICOS TITULARES de JUJUY ENERGÍA Y MINERÍA SOCIEDAD DEL ESTADO (J.E.M.S.E.), por el término de un año, a partir del 11 de Marzo de 2013.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7827-S.-
EXPTE. Nº 0727-00397/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente-ejercicio 2015, en la U. de O.:R2-02-15 Hospital “Gral. Manuel Belgrano”, conforme se indica a continuación; JURISDICCIÓN: SUPRIMIR: Categoría: 18 Agrup. Servicios Generales Esc. General 1, TOTAL: 1; “R” MINISTERIO DE SALUD CREAR: Categoría: 24 Agrup. Servicios Generales, Esc. General 1 TOTAL: 1.
ARTICULO 2º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, dispónese la promoción de la señora Brígida Silisque, CUIL 27-11291952-5, al cargo categoría 24, agrupamiento servicios generales del Hospital “General Belgrano” con retroactividad al 01 de Enero de 2015, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7988-G.-
EXPTE. Nº 0200-145/2013 y Agdos. Nº 0400-663/2012 y Nº 0420-090/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. NELSON GUILLERMO LOZA, en nombre y representación el Sr. MATIAS FABRICIO FERNANDEZ, DNI Nº 32.159.665, en contra de la Resolución Nº 363-G-13 dictada por el Ministerio de Gobierno y Justicia, a tenor de lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8029-S.-
EXPTE. Nº 741-1314/2012 y Agdo. Nº 714-787/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Téngase por usufructuada la licencia gremial sin goce de haberes, gozada por la Lic. Gladis del Milagro Pavón, CUIL 27-16487069-9, en el cargo categoría 20 (c-4), Agrupamiento Técnico, durante el Periodo comprendido entre el 21 de julio de 2012 y el 31 de enero de 2013 y en el cargo Categoría A-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley Nº 4413, de la U. de O.:R2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, durante el periodo comprendido entre el 1º de febrero de 2013 y el 20 de Julio de 2014, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8033-S.-
EXPTE. Nº 741-071/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Bioquímica Celeste María Riveros, CUIL 27-25377693-0, en el cargo categoría A (j-1), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, en la U. de O.:R2-02-24 Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”, con retroactividad al 5 de marzo de 2014 y mientras dure la licencia sin goce de haberes de su titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8056-S.-
EXPTE. Nº 0733-00045/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Designase en carácter de interino al Dr. David Alejandro Arias, CUIL 20-29206499-4, en el cargo Profesional de 24 horas semanales Ley 5498, de la U. de O.:R2-02-23 Hospital “Dr. Wenceslao Gallardo”, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta tanto concluya el concurso tramitado mediante Expediente Nº 733-00201/11, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8060-S.-
EXPTE. Nº 716-647/2012.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el presupuesto general de gastos y calculo de recursos vigente-ejercicio 2015-Ley Nº 5861,…
ARTÍCULO 2º.-Designase al Dr. Marcelo Gabriel Morales, CUIL 20-31036031-8, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, en la U. de O.:R2-02-04 Hospital “San Roque”, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8091-S.-
EXPTE. Nº 716-457/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Aceptase a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la Sra. MERCEDES VERONICA MAMANI, CUIL 27-24324288-1, al contrato de locación de servicios, que detenta en el Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8116-S.-
EXPTE. Nº 0723-00511/2013 y Agdos. Nº 723-175/2014; Nº 723-519/2010 y Nº 723-947/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente Ejercicio 2015-Ley 5861,…
ARTÍCULO 2º.-Téngase por cumplidos los servicios prestados en carácter de interina por la Bioq. Mirta Delicia Ortega, CUIL 27-18430369-3, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional Ley 4418, de la U. de O.:R2-02-11 Hospital “Dr. Oscar Orias”, con retroactividad al 02 de mayo de 2013 y hasta la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8117-S.-
EXPTE. Nº 0722-00183/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Téngase por concluida con retroactividad al 08 de noviembre de 2012, la designación en carácter de interino del Dr. Francisco Estaban Rolón, CUIL 20-12836943-1, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley 4418, de la U. de O.:R2-02-10 Hospital “Presbítero Escolástico Zegada”, dispuesta mediante Decreto Nº 1309-S-12, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.-Designase a partir de la fecha del presente Decreto al Dr. Lindor Ermindo Zeballos, CUIL 20-24511027-9, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley 4418, de la U. de O.:R2-02-10 Hospital “Presbítero Escolástico Zegada”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8149-P.-
EXPTE. Nº 0664-119/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modifíquese la planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “P-3” Secretaría de Desarrollo Productivo, dependiente de la Jurisdicción “P” Ministerio de Producción, como se detalla a continuación: CREASE: PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL-LEY Nº 4413.-CAGO: 1; CATEGORIA: A-1.
ARTICULO 2º.-Desígnase en el cargo Categoría A-1, Personal del Escalafón Profesional Ley Nº 4413, de la Planta de Personal Permanente de la U. de O. “P-3” Secretaría de Desarrollo Productivo, Jurisdicción “P” Ministerio de Producción, a la Contadora Pública MARIA INES GONZALEZ, CUIL Nº 27-23710090-0, a partir de la fecha del presente Decreto.
ARTICULO 3º.-Lo dispuesto en este decreto se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal 01-01-01-01-00 Planta Permanente, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia de Jujuy a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la Partida 01-01-01-02-01-22 Regularización Personal Ley Nº 5749 y Ley Nº 5835, dentro de la Unidad de Organización “P3” Secretaría de Desarrollo Productivo de la Jurisdicción “P” Ministerio de Producción, donde el Presupuesto General vigente prevé ambas partidas presupuestarias.
ARTICULO 4º.-Como consecuencia de lo anteriormente dispuesto y según lo previsto en la Ley Nº 5749, queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y la Contadora MARIA INES GONZALEZ.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8154-IPySP.-
EXPTE. Nº 200-36/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus respectivos Anexos I y II, obrante a fojas 02/16, celebrado en fecha 13 de febrero de 2015, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por su titular Arq. Germán Ariel Nivello y la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador Dr. Eduardo Alfredo Fellner, de conformidad a lo enunciado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8155-IPySP.-
EXPTE. Nº 200-37/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus respectivos Anexos I y II, obrante a fojas 02/16, celebrado en fecha 13 de febrero de 2015, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por su titular Arq. Germán Ariel Nivello y la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador Eduardo Alfredo Fellner, de conformidad a lo enunciado en el exordio.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8301-G.-
EXPTE. Nº 0300-147/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a favor de la “FEDERACIÓN JUJEÑA DE GIMNASIA”, Asociación Civil con asiento en esta Ciudad, y consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de cuarenta y nueve (49) Artículos, y corre agregado de fs.127 a 135 de autos.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8303-G.-
EXPTE. Nº 0300-129/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a la FUNDACIÓN NORTE VISUAL, con asiento en esta ciudad y, consecuentemente, apruébase su estatuto Social que consta de diecinueve (19) Artículos, y corre agregado de fs.20 a 24 de autos.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8304-G.-
EXPTE. Nº 0300-794/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION CIVIL COMPROMETERSE MAS”, con asiento en esta Ciudad, y consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, y corre agregado de fs.61 a 68 de autos.-
DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 3490-E.-
EXPTE. Nº 1050-994/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUN. 2015.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Modificar el ANUARIO ESCOLAR-PERIODO ESCOLAR COMÚN 2015 Y PERIODO ESCOLAR ESPECIAL 2015-2016-Capítulo 5-CALENDARIO ACADÉMICO ADMINISTRATIVO-C. Educación Secundaria, Educación para Jóvenes y Adultos, Educación No Formal, EGB 3, Polimodal, Período Común-Actividades Mensuales-Junio 2015, en lo que respecta a la fecha de vencimiento de incorporación de documentación y la actualización de legajos en la Junta de Clasificación, prevista para el 30 de junio de 2015, que quedará redactado de la siguiente manera, por las razones expresadas en el exordio:
“10/07/15-Vence el plazo de incorporación de documentación para la inscripción on-line y la actualización de legajos, formados en Junta de Clasificación, que serán valorados para la Lista Única de Orden de Mérito-Año 2016”.-
Lic. María Florencia Gelmetti
Ministra de Educación
(Libro de Acordadas Nº 18, F º 227/229, Nº 140)En la ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, Departamento Dr. Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, a los once días del mes agosto de dos mil quince, los señores jueces del Superior Tribunal de Justicia, doctores Sergio Ricardo González, Dr. José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Sergio Marcelo Jenefes y Clara Aurora de Langhe, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expediente Nº 3805/13 caratulado “Prórroga de los Juzgados de Instrucción de Causas Ley Nº 3584” y Consideraron: Que por Ley Provincial Nº 5623 se aprobó el Código Procesal Penal vigente en la Provincia de Jujuy, y por Acordada Nº 130 de fecha 29 de agosto de 2011, el Superior Tribunal de Justicia en base a las facultades reglamentarias conferidas por su artículo 555 de dicho Código, dispuso la habilitación de dos Juzgados de Instrucción de Causas Ley Nº 3584, destinados a entender en la tramitación de las causas anteriores a su vigencia. Que, en la Acordada Nº 130/11 se estableció el funcionamiento de un juzgado residual con asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, con sus respectivos Agentes Fiscales de Instrucción de Causas Ley Nº 3584, por un período de dos años a partir de su habilitación (art.6º), cumplidos los cuales, debían transformarse en Juzgados de Control y Fiscalías de investigación Penal, respectivamente. En el año 2013 y habiendo transcurrido gran parte del plazo establecido, a pedido de los magistrados titulares de los Juzgados de Causas Ley Nº 3584 de las jurisdicciones de San Salvador de Jujuy y San Pedro, el Superior Tribunal de Justicia por Acordada Nº 91/13 resuelve prorrogar la habilitación de los Juzgados de Instrucción Penal Ley Nº 3584/78 de ambas jurisdicciones hasta la efectiva resolución de las causas pendientes radicadas en los mismos, estableciendo como fecha límite para ello el 31 de agosto de 2015. Atento al cúmulo de causas existentes, se dispone la habilitación de un Juzgado de Instrucción Nº 2 de Causas Ley Nº 3584 en la jurisdicción con asiento en la ciudad de San Salvador de Jujuy y de un Juzgado de Instrucción Nº 4 de Causas Ley Nº 3584 en la Jurisdicción con asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy. A la fecha -cercana al vencimiento del término de la prórroga otorgada en el año 2013- los magistrados Pablo Martín Pullen Llermanos-habilitado en los Juzgados de Instrucción Nº 1 y 2 de Causas Ley- y la Dra. Ana Carolina Pérez Rojas, titular del único Juzgado de Instrucción de Causas Ley en funcionamiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, han efectuado presentaciones a fines de obtener la prórroga del plazo previsto con el objeto de lograr el cumplimiento de los cometidos encomendados, esto es, concluir definitivamente las causas allí radicadas. En tal sentido, el Dr. Pablo Martín Pullen Llermanos refiere que “…la situación actual en que se encuentran los Juzgados de Causas N 1 y, adelantando opinión en el sentido de que resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de los mismos, sin poder arribar a un cálculo preciso del tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones y la competencia asignada, lo cual es revelador de que la prórroga, sin perjuicio del mayor y elevado criterio de ese Excmo. y Alto Cuerpo debiera ser efectuada por tiempo indeterminado, hasta la finalización de todos los trámites pendientes….la situación numérica de expedientes existentes al día de la fecha en los Juzgados de Instrucción de Causas Ley 3584 es la siguiente: a) Juzgados Nº 1: (i) Los expedientes ingresados en libros y sistema ascienden a 18.368, de los cuales aproximadamente 3.000 fueron remitidos al Juzgado Nº 2 por razones de competencia (correccionales e informativas), restando estimativamente 15.000 causas, de las cuales fueron resueltas y archivadas un total de 12.076, encontrándose en trámite 1.195 expedientes. La diferencia se debe aquellos expedientes que fueron elevados a juicio o remitidos como prueba a otros fueros. (ii) Los expedientes aún no ingresados en los libros y sistema (depósito de la calle República de Siria) ascienden a 26.303. (iii) Los sumarios policiales y/o actuaciones complementarias ascienden a 1.679. Es decir que, a prima facie, aún resta resolver la situación de 29.177 expedientes. B) Juzgado Nº 2: Expedientes ingresados al sistema: 511(entre colectivos e individuales), mediante los cuales se resolvieron y archivaron aproximadamente 16.000 expedientes individuales. Asimismo fueron ingresados al sistema del Juzgados Nº 1 y luego remitidos al 2, un número de 753 expedientes, que a la fecha se encuentran en trámite por ante este Juzgado. (ii) Expedientes aún no ingresados al sistema (depósito de calle República de Siria).131.462. (iii) Sumarios policiales y/o actuaciones complementarias: 5.371. Por lo que sumados los puntos (i) al (iii), nos arroja la cantidad de 137.586 a la espera de ser resueltos por el Juzgados Nº 2…” En igual sentido, la Dra. Pérez Rojas informa que desde su implementación “…se recibieron un total de 18.887 expedientes con autores, provenientes de los Juzgados de Instrucción Penal Nº 5 y 6, Secretarias Nº 9, 10, 11 y 12. De esa cantidad, se han recaratulado y dado ingreso al nuevo Libro de Entradas y Salidas de éste, hasta la fecha, 10.460 causa, de las cuales 5.500 se han resuelto, disponiendo de sus secuestros, según corresponda, decomisar, devolver o rematar, y remitido luego al archivo judicial de este Centro Judicial. Por otra parte, restan resolver expedientes con autores desconocido 19.700, habiéndose ya resuelto y remitido al archivo 3414. Si bien, esta judicatura había previsto terminar la tarea encomendada en el plazo de 18 meses desde la prórroga, ello se efectuó en la estimación de que entraría a funcionar el Juzgado Correccional para esta jurisdicción, tal como ocurrió en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy, lo cual no ha ocurrido hasta la fecha….Por todo lo expuesto, pese al esfuerzo cotidiano, ha resultado imposible dar cumplimiento a las funciones asignadas mediante Acordada Nº 130/11, dictada por ese dignísimo cuerpo en fecha 29/008/11 y su ampliación mediante Acordada Nº 91/13, para finiquitar las causas radicadas en este por lo que solicito a V.E. considere la posibilidad de gestionar una prórroga para el mismo…” En su intervención, el Sr. Fiscal General Dr. Alejandro Ricardo Ficoseco expresa “…Visto lo informado a fs. 100/101 por el Dr. Pablo M. Pullen LLermanos, y a fs. 102/103 por la Dra. Carolina Pérez Rojas, Jueces de Instrucción de Causas Ley N° 3584, y teniendo en cuenta lo manifestado por los citados magistrados, soy de opinión que –salvo distinto criterio- resulta necesario prorrogar el plazo establecido en los arts. 1° y 2° de la Acordada N° 130/2011 referente a la habilitación de los Juzgados de Instrucción de Causas Ley N° 3284, hasta terminar la labor que a estos le han encomendado mediante la señalada Acordada…” Expuesto ello, cabe reiterar los fundamentos vertidos en la Acordada Nº 91 del año 2013, en relación a las dificultades generadas por el sistema establecido por Ley Nº 3584 para la tramitación de las causas penales, pues al no existir mecanismos alternativos de resolución de conflictos, ni la disponibilidad de la acción penal, el sistema se ha sobresaturado. Cabe destacar que los Juzgados de Causas Ley Nº 3584, recibieron todos los expedientes en trámite a la fecha de vigencia del nuevo Código, a saber el 1º de setiembre y el 21º de diciembre de 2011 respectivamente. Que, los datos estadísticos del número de causas recibidas por los magistrados así como las de proyección de avance en la resolución de los mismos, revelan no solo la procedencia de proveer a la prórroga solicitada, sino también la conveniencia mantener el funcionamiento de Juzgados habilitados para tramitar las causas anteriores a la implementación del nuevo Código Procesal Penal a efectos de lograr su efectiva conclusión, conforme lo sugerido por el Ministerio Público. Cabe considerar también que el Dr. Francisco Javier Aróstegui se encuentra con licencia por razones de salud desde el mes de mayo de 2015 a la fecha, encontrándose a cargo de los Juzgados de Instrucción de Causas Ley N° 1 y 2 el Dr. Pullen Llermanos. Por ello, en uso de las facultades instituida por los artículos 167 numeral 6 y 7 de la Constitución de Provincia, artículo 554 y 555 del Código Procesal Penal y 49º inciso 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Superior Tribunal de Justicia Resuelve: 1º) PRORROGA DEL PLAZO DE HABILITACIÓN DE LOS JUZGADOS DE CAUSAS LEY Nº 3584 N° 1 y 3: Extender el plazo de habilitación de los Juzgados de Instrucción Penal Nº 1 y 3º de Causas Ley Nº 3584/78 previsto en los artículos 6° de la Acordada N° 130/11 y 1° de la Acordada N° 91/13,con asiento en las jurisdicciones de San Salvador de Jujuy y San Pedro de Jujuy respectivamente, hasta la efectiva resolución de las causas pendientes radicadas en los mismos. 2º) PRÓRROGA DEL PLAZO DE HABILITACIÓN DE LOS NUEVOS JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN DE CAUSAS LEY Nº 2 Y 4: Extender el plazo de habilitación de los Jugados de Instrucción Penal Nº 2 y 4 de Causas Ley 3584/78, previsto en el artículo 6° de la Acordada N° 91/13 para las jurisdicciones con asiento en la ciudad de San Salvador de Jujuy y San Pedro de Jujuy, respectivamente, hasta la efectiva resolución de las causas asignadas. 3º) Registrar, dejar copia en autos, comunicar a los Poderes Ejecutivos y Legislativo de la Provincia, Tribunal de Cuentas, publicar por un día en el Boletín oficial. Notificar al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Colegio de Abogados de la Provincia. Fdo.: Dr. Sergio Ricardo González-Presidente, Dr. José Manuel del Campo, Dr. Sergio Marcelo Jenefes. Ante mí Dra. Natalia Jarma-Secretaría de Superintendencia.- Se deja constancia que la Dra. María Silvia Bernal y la Dra. Clara Aurora de Langhe de Falcone no firman la presente por encontrarse en uso de licencia compensatoria.- Secretaria 11 de agosto de 2015.-
14 AGO. LIQ. Nº 121824 $120,00.-








