BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 05/08/2015
DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaria N° 12-, en el Expte. N° C-019108/14, caratulado: EJECUTIVO: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO C/ MARTINEZ ADRIAN NORMADO JESÚS, procede a notificar el siguiente Decreto de fs. 7: ¨SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Febrero de 2014.- Por presentado el Dr. MARTIN MODENA, por parte, en nombre y representación del Sr. SEBASTIAN ALEJANDRO SOTO, a mérito del Poder General para Juicios que en copia juramentada acompaña y por constituido domicilio legal.- Atento a lo solicitado y a la demanda ejecutiva deducida y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra del demandado SR. ADRIÁN NORMANDO JESÚS MARTÍNEZ mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($10.500,00) en concepto de capital reclamado con mas la suma de PESOS DOS MIL CIEN ($2.100,00) presupuestada para responder a accesorias legales, y costas del presente juicio. En defecto de pago… cíteselo de REMATE para que en el término de CINCO DÍAS, concurra ante este Juzgado y Secretaría, a oponer excepciones si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Córrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro radio de tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 52 del C.P.C.). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso y a quien se librará el mandamiento respectivo, el que deberá ser confeccionado por el interesado para su posterior control y firma por Secretaría. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Maria Cristina Molina Lobos, Juez. Ante Mi Dr. Mauro R. Di Pietro-firma habilitada.- Se le hace saber al accionado que en caso de no comparecer se le designará un Defensor Oficial con quien se seguirá el trámite (art.474 del C.P.C.). Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la provincia tres veces en cinco días.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de junio de 2.015.
03/05/07 AGO. LIQ. Nº 121559 $210,00.-








