BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 05/08/2015

DR. SEBASTIAN CABANA, Juez Habilitado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3-Secretaría N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-018137/14 Caratulado: “EJECUTIVO: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO C/ AVILA MARIA JOSE”, hace saber a la SRA. AVILA MARIA JOSE la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe: RESOLUCION DE FS. 46: SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Marzo del 2015.- AUTOS Y VISTOS:… -RESULTA:…-CONSIDERANDO:…-RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. SEBASTIAN ALEJANDRO SOTO en contra de la SRA. MARIA JOSE AVILA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DIEZ MIL DOSCIENTOS ($10.200.-) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del DR. MARTIN MODENA en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000.-) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. Nº 17, Fº 325/326 Nº 179, 20/10/14), por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B -145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 7 en contra de la SRA. MARIA JOSE AVILA mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.-FDO. DRA. MARISA E. RONDON – JUEZ- ANTE MI- PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.- RESOLUCION DE FS. 62: SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Abril del 2.015. AUTOS Y VISTOS:…- CONSIDERANDO:…- RESUELVE: I.- Aclarar y dejar establecido que en el Punto I de la sentencia de fecha 30 de Marzo del presente año, quedará redactado del siguiente modo: “Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. SEBASTIAN ALEJANDRO SOTO en contra de la SRA. MARIA JOSE AVILA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DIEZ MIL DOSCIENTOS ($10.200.-) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorio”.- II.- En cuanto a lo demás solicitado y por exceder el marco de lo dispuesto por el Art. 49 del C.P.C., no ha lugar.-III.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon -Juez-Ante Mi- Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.-Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaría: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 15 de Mayo del 2.015.-

31 JUL. 03/05 AGO. LIQ. Nº 121558 $210,00.-