BOLETIN OFICIAL Nº 48 – 22/04/2026

ADENDA MODIFICATORIA DE CONTRATO SOCIAL GNC M&N S.R.L.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a les 06 días del mes abril de 2026 entre los señores: 1. CESAR DANIEL ARMELLA, argentino, nacido el 08/08/1979 D.N.I. Nº 27.232.557, de 46 años de edad, de profesión mecánico, casado en primeras nupcias con la Sra. Raimundo; y 2. ADRIANA CECILIA RAIMUNDO, argentina nacida el 15/09/1979, D.N.I. Nº 27.493.464, de 46 años de edad, dedicada a quehaceres del hogar casada en primeras nupcias con el Sr. Armella; Ambos domiciliados a calle Villafañe Nº 505, Barrio Coronel Arias de esta Ciudad, en su carácter de únicos socios integrantes de la sociedad GNC M&N S.R.L.- con el patrocinio letrado del Dr. MIGUEL CASTRILLO, convienen en celebrar la presente ADENDA modificatoria del Contrato Constitutivo de fecha (insertar fecha del contrato original), sujeta a las siguientes cláusula: PRIMERA: MODIFICACIÓN DE LA SEDE SOCIAL.- Las partes resuelven modificar el domicilio legal y la sede social de la sociedad. En tal sentido, la CLAUSULA PRIMERA del contrato original queda redactada de la siguiente forma: “PRIMERA: Los contratantes convienen constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya Denominación será “GNC M&N S.R.L.”, con domicilio legal en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, estableciendo su sede social y domicilio comercial en calle Ledesma Nº 955, del Barrio Alto Gorriti, donde funcionara su administración у саsa matriz.-“ SEGUNDA REFORMA DE LA CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.- Como consecuencia de lo anterior, se modifica al tercer párrafo de la CLAUSULA DECIMO SEGUNDA, el cual quedara redactado del siguiente modo: “…Se fija como sede social de la empresa a todos los efectos legales, procesales y de notificaciones, el domicilio ubicado en calle Ledesma Nº 955, Barrio Alto Gorriti, Provincia de Jujuy…”.- TERCERA: RATIFICACIÓN Y VIGENCIA.- Los socios ratifican en todas sus partes el contrato social original en aquello que no haya sido expresamente modificado por el presente instrumento, manteniendo su plena vigencia y vigor legal.- En prueba de plena conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.- ACT. NOT. Nº C-00005862- ESC. IVONNE MARCELA ADRIANA VAZQUEZ- TIT. REG. Nº 53- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-

RESOLUCION Nº 1041-DPSC-2025.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-521/2025.-

San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2025.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el DR. MIGUEL ANGEL CASTRILLO en carácter de Socio de la firma “GNC M&N SRL solicita INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE “GNC M&N S.R.L.” y

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Instrumento Constitutivo de “GNC M&N S.R.L.” de fecha 1 de Octubre de 2025 con firmas certificadas por Escribana Publica IVONE MARCELA ADRIANA VAZQUEZ, Titular del Registro Notarial N° 53, firmada por CESAR DANIEL ARMELLA D.N.I. 27.232.557 y ADRIANA CECILIA RAIMUNDO D.N.I. 27.493.464 (fs. 2/5).-

ARTICULO 2º: REQUERIR a la sociedad aclare de párrafo tercero de pedido efectuado a fojas 29 de la Sociedad a fin de proveer.-

ARTICULO 3º REQUERIR de la firma, que juntamente con la presentación del respectivo ejemplar del Boletín Oficial con Edicto publicado, acredite fehacientemente la integración del 25% del capital social, en la CUENTA CORRIENTE BANCARIA Nº 320009420484676, CBU 2850200930094204846761 y alias BOTIN.COREA.MANIJA, abierta en Banco Macro SA, radicada en la sucursal 200- Jujuy, cuya denominación es FISCALIA DE ESTADO y titularidad a nombre de: FISCALIA DE ESTADO, CUIT 30-67151334-3-

ARTICULO 4º: Requerir que acompañe Constancia Bancaria, con número de cuenta, CBU, tipo de cuenta y Constancia de Inscripción en ARCA, perteneciente a la sociedad o socia/o, a los efectos de la correspondiente devolución de capital integrado.-

ARTICULO 5°: DILIGENCIAS a cargo del Dr. MIGUEL ANGEL CASTRILLO.-

ARTICULO 6°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

22 ABR. LIQ. Nº 43607 $2.800,00.-