BOLETIN OFICIAL Nº 48 – 22/04/2026

DECRETO Nº 5179-ISPTyV/2026.-

EXPTE. Nº 615-359/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2026.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Exímase del cumplimiento del cargo impuesto mediante Escritura Pública N° 105 de fecha 18 de julio del 2000 y Rectificatoria Escritura Pública N° 239 de fecha 25 de octubre de 2000, sobre los inmuebles individualizados catastralmente como Padrón A- 86085- Matricula A-62505 y Padrón A- 57944 Matrícula A-6749, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio.

ARTICULO 2º.- Acéptase la DONACION realizada por el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a favor del Estado Provincial del inmueble individualizado como: CIRCUNSCRIPCION 1, SECCION 23, PARCELA 1137, PADRON A- 86085 – Matricula A-62505, con cargo de construir un Establecimiento de Salud conforme lo establecido por Ley Provincial N° 6439.-

ARTICULO 3º.- Acéptase la DONACION realizada por el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a favor del Estado Provincial de una Fracción de terreno de aproximadamente 1500 metros cuadrados, sujeta a mensura y a disgregarse del inmueble de mayor extensión individualizado como LOTE 710, PADRON A-57944, MATRICULA A-6749, con cargo de construir un Establecimiento de Salud conforme lo establecido por la Ley Provincial N° 6439.-

ARTICULO 4º.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a otorgar los instrumentos notariales pertinentes.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Escribanía de Gobierno a sus efectos, Dirección Provincial de Inmuebles y al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR