BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 27/07/2015
Dra. Silvia Elena Yecora-Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-258161/11 caratulado: Ejecutivo: AADI CAPIF A.C.R. c/ FERNANDEZ, OMAR ENRIQUE” se notifica por este medio al demandado FERNANDEZ, OMAR ENRIQUE, el siguiente proveído: SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Septiembre de 2011.- I.- Téngase por presentado el DR. AGUIAR CARLOS, por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de AADI CAPIF A.C.R. conforme lo acredita con la copia Poder Gral. para juicios que agrega, debidamente juramentada.-2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472 Inc. 4, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. FERNANDEZ, OMAR ENRIQUE mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos: UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 CTVOS ($1.350,00) en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 CTVOS. ($675,00) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trabese embargo sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y CÍTESELO DE REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere en el término de cinco (5) días, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4,sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.- 4.- Al efecto comisiónase al Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Asimismo intímase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 5.- Notifíquese (art. 154 del C.P.C).- Fdo Dra. Silvia Elena Yecora-Juez- Ante Mí: Dra. Beatriz Borja-Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Así mismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación y en su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.-
22/24/27 JUL. LIQ. Nº 121640 $210,00.-








