BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 06/07/2015
Dra. SILVIA ELENA YECORA-JUEZ-DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4, de la Provincia de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº B-72871/01 caratulado: “QUIEBRA DE JUAN FELIX GUDIÑO” se ha dictado la siguiente resolución “SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de Marzo de 2.015.AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVE: 1.- Declarar la clausura del presente procedimiento de quiebra por distribución final (art. 230 L.C.Q) del Sr. Juan Félix Gudiño D.I.N. Nº 6.423.819 con domicilio en calle Calilegua Nº 621 del barrio Lujan de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. 2.- Mantener la INHIBICIÓN GENERAL del fallido (art. 230 último párrafo LCQ). A tal fin líbrese oficio a la Dirección General de Inmuebles, Registro de la Propiedad del Automotor Nº 1, 2, 3, Registro Público de Comercio, Registro Nacional de Créditos Prendarios, Maquinarias Agrícolas, Viales e Industriales, y Registro de Marcas y Señales, a fin de comunicar el punto 1 de la presente. Haciéndole saber a la Sindicatura C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR, que deberá diligenciar los oficios en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de considerar incumplimiento de su deber de colaboración (Art. 50 del C.P.C.) y aplicársele una multa diaria de $50,00.-, a favor de la Biblioteca del Poder Judicial conforme lo dispuesto en Acordada del S.T.J. de fecha 8 de mayo de 1.995, por cada día de demora en la medida solicitada. 3.-Ordenar el cierre de la cuenta judicial existente en la presente causa: Nº 5-200-0946038187-2, como así también se sirva informar sobre la existencia de otras cuentas judiciales pertenecientes a la presente causa, y en su caso los saldos de las mismas, de lo que dará cuenta el Banco a éste Juzgado en lo C. y C. Nº 2, SEC. nº 4.- 4.-Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula y publicar edictos en el Boletín oficial y en un diario local de amplia circulación por el plazo de cinco días y oficiar facultándose el diligenciamiento al Sindico C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR. Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora-Juez de Primera Instancia Civil y Comercial-Ante mí; DRA. BEATRIZ BORJA-Secretaria.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de esta PROVINCIA y en un Diario de Amplia circulación de esta PROVINCIA, POR TRES VECES en CINCO DÍAS y de conformidad con lo prescripto por el Art. 89 de la ley de Concursos y Quiebras, la publicación es realizadas sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, bajo expreso apercibimiento de girarse las actuaciones correspondientes a la Justicia del Crimen por desobediencia a una orden judicial. SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 Junio 2.015.-








