BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 03/07/2015
Dra. SILVIA ELENA YECORA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-268.834 EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/CONDORI JUAN ALEJANDRO, ordena se notifique al SR. JUAN ALEJANDRO CONDORI D.N.I. Nº 30.129.934, la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Junio de 2013.- 1.- Avocase la suscripta al conocimiento de la presente causa.- Téngase por presentado a la Dra. LUCIA DI PASQUO por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de CREDINEA S.A. conforme lo acredita con la copia de Poder Gral. para juicios que agrega debidamente juramentada.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado CONDORI JUAN ALEJANDRO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON QUINCE CTVS. ($6.917,15) por capital reclamado, con más la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y SIETE CTVOS. ($3.458,57) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, sito en calle Independencia esq. Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.-Al efecto comisionase al SR. JUEZ DE PAZ, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demando para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (art. 52 del C.P.C.).-4.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).-Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Juez, Ante mi DRA. BEATRIZ BORJA, SECRETARIA. Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.-Se le hace saber que los plazos comienzan a correr a partir de la Ultima publicación. San Salvador de Jujuy, 09 de Marzo del 2015
01/03/06 JUL. LIQ. Nº 121511 $210,00.-








