BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 26/06/2015

DR. JORGE DANIEL ALSINA-JUEZ- DE LA SALA II DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL, en el Expte. Nº C-042291/2015: “PRESCRIPCION: HERRERA, Ángel Elías C/ PERALTA, José Alberto Y QUIENES SE CREYEREN CON DERECHO SOBRE LOS INMUEBLES: PADRÓN A-44519, CIRCUNSCRIPCION 2, SECCION 2, MANZANA 20, PARCELA 3 Y PADRON A-44520, CIRCUNSCRIPCION 2, SECCION 2, MANZANA 20, PARCELA 4, YALA, DEPARTAMENTO DR. MANUEL BELGRANO se hace saber la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Abril de 2.015. I-Téngase presente el informe actuarial que antecede y por cumplidos todos los requisitos previstos por la Ley 5486. II-Téngase por presentado al Dr. NICOLÁS M. SNOPEK, quien lo hace en nombre y representación de ÁNGEL ELÍAS HERRERA, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 41/42 del expediente C-20.115, por parte y por constituido domicilio legal. III-Previo a correr TRASLADO de la presente demanda a los accionados dése cumplimiento con lo que se dispone a continuación. IV-Cítase a la COMISIÓN MUNICIPAL DE YALA y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc.1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del termino de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V-Asimismo cítase al colindante del inmueble objeto de la presente medida EDUARDO ARISMENDI para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VI-Cítase y emplázase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón A-44519, Circunscripción 2, Sección 2, Manzana 20, Parcela 3 y Padrón A-44520, Circunscripción 2, Sección 2, Manzana 20, Parcela 4, ubicado en YALA del Departamento DR. MANUEL BELGRANO, de titularidad registral de JOSÉ ALBERTO PERALTA a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS. VII-Asimismo ordénase la exhibición de los EDICTOS ordenados precedentemente, en la Municipalidad de Yala y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. VIII-Intímese a la parte actora a colocar el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de QUINCE DIAS. IX-Actuando…X-Atento el informe… Se hace saber mediante Edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. XII-Notifíquese por cédula.- r.g. DR. JORGE DANIEL ALSINA. ANTE MI: ANA LIA LORENTE. SECRETARIA.-

22/24/26 JUN. LIQ. Nº 121409 $210,00.-