BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 24/06/2015
Dra. SILVIA ELENA YECORA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el REF. EXPTE. N° B-236380/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S. A. C/ PORTAL NEMECIA, ordena se notifique al SR. LOPEZ MARCELO MIGUEL, la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DE MAYO DE 2011.- 1.-Téngase por presentado a la Dra. Lucia di Pasquo Por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de CREDINEA S.A., conforme lo acredita con la copia de Poder Gral. Para juicios que agrega, debidamente juramentada.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472,478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra de la demandada PORTAL NEMECIA, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES C/13/100 CTVS. ($2393.13) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS UN MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 56/100 CTVS. ($1196.56), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria 4, sito en calle INDEPENDENCIA, Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- FDO. DRA. MARISA ELIANA RONDON-JUEZ HABILITADO- ANTE MI DRA. BEATRIZ BORJA-SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS. (Art. 489 del C.P.C).- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la Última publicación y en su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DE MARZO del 2015.-
19/22/24 JUN. LIQ. Nº 121289 $210,00.-








