BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 22/06/2015
ACTA DE REUNIÓN DE SOCIOS.-En la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a los veinte días del mes de Mayo del año Dos mil quince, siendo las veinte horas, se reúnen la totalidad de Socios de “BETEL DISTRIBUCIONES S.R.L.” quienes firman al pie de la presente acta, en la Sede Social en Rufino Arias Nº 487, del Barrio San Ignacio, Localidad de Monterrico. El socio gerente Sr. Ariel Arnaldo Michel, da comienzo a la reunión tratándose lo siguiente: ÚNICO PUNTO DEL DÍA: Modificación de la Cláusula Octava, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “Administración y Representación: la Administración y Representación de la Sociedad estará a cargo del socio gerente designado, el gerente actuará con las siguientes facultades: firmar cheques, solicitar descuentos de cheques, negociar cheques, letras de cambio, pagarés, facturas de crédito y demás documentos comerciales, pudiendo operar en cuentas corriente y a crédito, abrir cajas de ahorro en pesos y/o moneda extranjera, constituir plazos fijos, así como avalarlos y/o endosarlos, otorgar fianzas a la sociedad y/o terceros, dejar establecido que el monto consumido de las tarjetas personales se debitaran en la cuenta corriente de la Sociedad, operar en fondos comunes de inversión, firmar prendas y/o hipotecas relacionado al objeto social, girar en descubierto hasta el monto establecido por el Banco, generar claves para operar a través de canales automáticos, tomar dinero en préstamo hasta los montos autorizados y de realizar toda clase de operaciones bancarias con cualquier banco oficial, mixto y/o particular, para efectuar extracciones de fondo, retirar valores, acciones o títulos de cualquier naturaleza, otorgar poderes especiales, generales y/o judiciales con el objeto extensión sin limitación alguna y revocarlos, firmar y rescindir convenios, cobrar pólizas de seguros de siniestros, queda prohibido comprometer el uso de la firma social en actos o acciones ajenas al objeto, para obligar a la sociedad será necesario la firma del socio gerente y/o apoderado presidida de la denominación social”.-Sometido a tratamiento por parte de los Socios, luego de un intercambio de opiniones, por unanimidad, se resuelve aprobar la modificación de la cláusula octava del Contrato Social. Seguidamente en la reunión de Socios se confiere Poder Especial a favor del Dr. Humberto Raúl Torrejón, para llevar a cabo, todos los trámites necesarios para realizar la modificación del Contrato Social. No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las veintiún horas, en la fecha y lugar señalados previamente, se da por finalizada la reunión, la totalidad de los socios en prueba de conformidad. ESC. NORMA DEL VALLE TORRES, TIT. REG. Nº 47, S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 09 de Junio de 2015.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO
22 JUN. LIQ. Nº 121401 $120,00.-








