BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 10/06/2015
La Dra. ALEJANDRA MARIA LUZ CABALLERO, Juez de la Cámara Civil y Comercial, Sala III, a cargo de la Vocalía Nº 8, a cargo de la Vocalia Nº 8, en el Expte. Nº B-275732/12, caratulado: Ordinario por Cobro de Pesos: LIMSA C/ JORGE ENRIQUE LUNA y ESTELA ISABEL MAMANI DE LUNA, se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 29 de Octubre de 2013. I) Atento lo solicitado por la parte actora a fs. 17 y lo informado por Secretaria precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 13, contra los demandados Sres. JORGE ENRIQUE LUNA y ESTELA ISABEL MAMANI DE LUNA y téngase por contestada la demanda (art. 298 C.P.C). II) Asimismo DECLARESE LA REBELDIA de los mismos. III) Designase al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en su representación, INTIMANDOLO para que en el término de CINCO DIAS de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado (art. 196 CPC). IV) Atento a lo preceptuado por el Art. 195 del C.P.C., último párrafo, notifíquese esta resolución a los demandados en el domicilio real denunciado. V) Notifíquese. (Art. 155/6 del C.P.C.).- Fdo.: Dra. ALEJANDRA M. L. CABALLERO-Pte. De Trámite-Ante mí: Dra. LILIANA CHOROLQUE-Secretaria. Providencia de fs. 45. San Salvador de Jujuy, 12 de Agosto de 2.014. I) Previo a proveer lo solicitado por la Dra. María Virginia Frías a fs. 44, notifíquese a los demandados el proveído de fs. 18 mediante Edictos los que se publicaran en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, atento constancia de fs. 30 (notificación solicitada por la Defensora de Pobres y Ausentes)…Notifíquese. (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo.: Dra. ALEJANDRA M. L. CABALLERO-Pte. De Trámite-Ante mí: Dra. LILIANA CHOROLQUE-Secretaria.-San Salvador de Jujuy, 05 de Septiembre de 2014.-
10/12/15 JUN. LIQ. Nº 121315 $210,00.-








