BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 10/06/2015
DRA. MARISA RONDON JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 05, de la Provincia de Jujuy en el EXPTE. Nº C-006128/13 caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S.A C/ AGUIRRE ALICIA DEL VALLE, hace saber a la Sra. AGUIRRE ALICIA DEL VALLE el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 02 de Julio de 2013. Por presentada la Dra. Analía Almazán, por parte y por constituido domicilio legal, para actuar en nombre y representación de CREDINEA S.A. a merito de la SUSTITUCIÓN de Poder, cuya copia debidamente juramentada rola agregada en autos. Asimismo, proveyendo el escrito que antecede y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérasele de PAGO Y EJECUCION a la demandada SRA. ALICIA AGUIRRE DNI Nº 14.373.919, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 11/100 CENTAVOS ($8.683,11) que se reclama en concepto de capital, con más la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 55/100 CENTAVOS ($4.341,55), presupuestado para responder accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, hágase saber que se ha trabado EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. En el mismo acto, cítese de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimara para que se constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS del asiento de este juzgado bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.).Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.-FDO DRA MARISA RONDON- JUEZ -Ante Mi: Proc Marta J. Berraz De Osuna-Secretaria.-DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi Publico Despacho en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 06 días del mes de Febrero del año dos mil QUINCE. Publíquense en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. Secretaria: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA-SECRETARIA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Febrero de 2015.
05/08/10 JUN. LIQ. Nº 121267 $ 210,00.-








