BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 18/03/15
EXPTE. Nº 500-441-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 OCT. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese que el personal profesional comprendido en el régimen de las leyes Nº 4413 y Nº 4418, que al 1 de Septiembre del año 2009 cuenten con una antigüedad de 5 años cumplidos en la categoría de revista y que esta sea inferior a la máxima categoría dispuesta en cada tramo del nomenclador, será adecuado por única vez y con carácter excepcional a la categoría inmediata superior.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR