BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 29/05/2015
DRA. RONDON MARISA, JUEZ HABILITADA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4, en el Expte. C-280856/12, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ RODRIGUEZ SERGIO”, se procede a notificar por este medio a RODRIGUEZ, SERGIO el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de NOVIEMBRE DEL 2013.- 1…- 2….- 3.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. librese en contra del demandado RODRIGUEZ SERGIO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS C/37/100 CTVS ($9.692,37) por capital reclamado, con mas la suma de pesos CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS C/18/100 CTVS ($4.846,18), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trabese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria N° 4, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. 3.- Al efecto comisiónese al Defensor OFICIAL DE JUSTICIA con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.- Asimismo, intímese al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).-Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en CINCO DIAS.-Se la hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación y en caso de incomparencia se le designara un DEFENSOR OFICIAL DE POBRES Y AUSENTES.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 DE MARZO DE 2015.-
27/29 MAY. 01 JUN. LIQ. Nº 121191 $210,00.-








