BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 27/05/2015

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARÍA Nº 6, en el EXPTE. Nº C-008005/13 caratulado: “EJECUTIVO: ASOCIACIÓN MUTUAL DE 23 DE AGOSTO c/ OLARTE, DAVID MOISES”, se hace saber al demandado Sr. David Moises Olarte, la siguiente PROVIDENCIA: “San Salvador de Jujuy, 31 de julio de 2013.- Por presentado el Dr. HUGO ALBERTO LARA (h), por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la Asociación Mutual de 23 de Agosto a mérito del Poder para Juicios que acompaña.- Atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en el domicilio denunciado y en contra del Sr. MOISES DAVID OLARTE por la suma de PESOS: DIEZ MIL ($10.000,00), con más la suma de PESOS: CINCO MIL ($5.000,00) presupuestada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores. Asimismo, cítesela de REMATE para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DÍAS, por ante éste Juzgado y Secretaría N° 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el mismo término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art.52 del ítem).- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. JUEZ DE PAZ DE PALPALA con las facultades inherentes del caso y a quién se librará el correspondiente mandamiento.- Notificaciones en Secretaría MARTES y JUEVES o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Asimismo, intimase al presentante a efectuar los aportes correspondientes, en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de notificar a las Instituciones respectivas. Atento…Notifíquese (Art.154 del C.P.C.).”.- “San Salvador de Jujuy, 10 de abril de 2015. Proveyendo el escrito de fs. 42 y atento a las constancias de autos, ordénase la publicación de edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días el proveído de fs. 10 al Sr. MOISES DAVID OLARTE. Notifíquese por Edictos.”.-Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Mayo de 2015.-

20/22/27 MAY. LIQ. Nº 121152 $210,00.-