BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 22/05/2015
NUMERO TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES (393).- PROTOCOLO “A”.- COMPLEMENTARIA DE ESCRITURA PUBLICA N° 266/14-MODIFICACION DE CONTRATO CONSTITUTIVO DE ONA-OVOPRODUCTORA DEL NORTE SA – DESVINCULACION Y CESION DE CUOTAS SOCIALES.- En la ciudad de San Pedro de Jujuy, Capital del Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintidós días del mes de Octubre del año dos mil catorce, ante mí:- Olga Olivia Otero, Escribana Nacional, Titular del Registro Notarial N° 14, comparecen los señores ALBERTO ANIBAL ABRAHAM, argentino, Documento Nacional de Identidad N°6.135.345, CUIT N° 20-06135345-4, casado en primeras nupcias con Teresita Edith María BORELLO; UBALDO MARIO ROSKOPF, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 17.277.436, CUIT N° 23-17277436-9, casado en primeras nupcias con Beatríz Otilia REISENHAUER; MARCELO EDUARDO POOLI, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 17.737.007, CUIT N° 20-17737007-0, casado en primeras nupcias con María Fernanda TOLINI, y DIEGO DANIEL CATTANEO, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 22.867.705, CUIT N° 20-22867705-5, casado en primeras nupcias con Viviana Carolina WASINGER, todos con domicilio legal en el de su representada; personas capaces, mayores de edad, hábiles, de mi conocimiento, doy fé y expresan:- Que son integrantes de la razón social ONA-OVOPRODUCTORA DEL NORTE SA, constituída mediante Escritura Pública N° 266 de fecha 18 de Julio de 2014, autorizada por ante mí, doy fé.- Que presentado dicho instrumento a Fiscalía de Estado de la Provincia de Jujuy – Inspección de Personas Jurídicas, fue requerida por dicho organismo la designación de Director Suplente en los términos del art. 258 in fine de la Ley 19550, recayendo en consecuencia la misma en el señor Marcelo Eduardo POOLI, constituyendo los comparecientes domicilio especial a todos los efectos legales en calle Rogelio Leach N° 168 de esta ciudad de San Pedro de Jujuy, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que deban o puedan cursarse.- DESVINCULACION-CESION DE CUOTAS SOCIALES:- Y el señor Alberto Aníbal ABRAHAM, manifiesta:- Que por razones de índole particular que hacen incompatible su continuidad como socio de ONA-OVOPRODUCTORA DEL NORTE SA. que lo encuadran en los términos del art. 264 inc.4.- de la Ley 19550, y lo establecido en forma unánime por los socios en Acta de Asamblea Extraordinaria N° 1 de fecha 21 de Octubre de 2014, formula por este acto EXPRESA RENUNCIA a su designación en el cargo de Presidente del Directorio – establecida en art. 8 del contrato social respectivo, y consecuente CESION DE CUOTAS SOCIALES – veinticinco (25) acciones preferidas-en forma gratuita y en favor de los restantes socios a razón de ocho (8) acciones Sr. Marcelo Eduardo POOLI; ocho (8) acciones Sr. Diego Daniel CATTANEO; nueve (9) acciones Sr. Ubaldo Mario ROSKOPF y su DESVINCULACION SOCIAL de la mencionada firma, subrogando a sus cesionarios en su mismo lugar, grado y prelación que en la firma detentaba.- Consecuentemente, queda operada la MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL mencionado, quedando redactado de la siguiente forma:- “ADMINISTRACION Y REPRESENTACIÓN.- ARTÍCULO 8:- La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto de dos (2) integrantes, y con posterioridad a la suscripción de acciones ordinarias al número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de 2 y un máximo de 10, quienes durarán en sus funciones 2 ejercicios. La asamblea deberá designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produzcan, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión designarán Presidente y Vicepresidente; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.- La Asamblea fija la remuneración del directorio, la cual no podrá exceder del 25% de las ganancias. Dicho monto se limitará al 5% cuando no se distribuyan dividendos a los accionistas; en caso de existir exceso en los límites prefijados, sólo podrán hacerse efectivas tales remuneraciones-en el excedente-si fueron expresamente acordadas por la asamblea de accionistas.- Quedan elegidos en este acto los señores Ubaldo Mario ROSKOPF-Presidente; Diego Daniel CATTANEO-Vicepresidente y Marcelo Eduardo POOLI-Director Suplente”.- Los nombrados, en el carácter de cesionarios expresan por este acto su ACEPTACION a la cesión de cuotas sociales conferida, cuya toma de razón se realizará por ante el Libro de Registro de Acciones Societarias, y en virtud a las designaciones precedentes que resultan de lo decidido en el acta mencionada, los señores Ubaldo Mario ROSKOPF; Diego Daniel CATTANEO y Marcelo Eduardo POOLI asumen los cargos de Presidente, Vice Presidente y Director Suplente respectivamente, de ONA Ovoproductora Del Norte SA, y constituyen por este acto la garantía establecida por art.9 in fine del estatuto social, en respaldo al fiel desempeño de sus funciones durante el período de su ejercicio, manifestando asimismo y en el carácter de DECLARACION JURADA-conciendo las penalidades establecidas por ley – que a los fines del art. 264 de la Ley 19550, no se encuentran comprendidos en las previsiones establecidas por la norma, sin perjuicio de la suscripción en Anexo al presente Contrato Social de las mis- mas en forma individual, solicitando finalmente de mí, la autorizante, expida testimonio repectivo para su agregación en forma complementaria al contrato social suscripto, y su anotación en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy.- Previa lectura y ratificación firman los comparecientes como acostumbran hacerlo por ante mi que doy fé.- Hay cuatro firmas que pertenecen a:- ALBERTO ANIBAL ABRAHAM; UBALDO MARIO ROSKOPF; MARCELO EDUARDO POOLI y DIEGO DANIEL CATTANEO.- Está mi sello: ante mí: OLGA OLIVIA OTERO-Titular Registro N° 14 S.P. JUJUY.- CONCUERDA: Con su escritura matriz que autoricé en el Protocolo a mi cargo a folio 568, doy fé.- PARA LOS INTERESADOS:- Expido PRIMER TESTIMONIO Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. OLGA OLIVIA OTERO, TIT. REG. Nº 14, SAN PEDRO DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 13 de Mayo de 2015.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACIÓN EL JUZGADO D E COMERCIO
22 MAY. LIQ. Nº 121161 $100,00.-








