BOLETIN OFICIAL Nº 47 – 20/04/2026
DECRETO Nº 4543-HF/2025.-
EXPTE. Nº 514-26/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase, a partir del 01 de enero de 2027, para la Administración Pública Provincial el “Manual de Clasificaciones Presupuestarias del Sector Público Provincial” que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º.- Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas para que por intermedio de la Dirección Provincial de Presupuesto, establezca el nivel de desagregación con que se llevará inicialmente la ejecución presupuestaria, como así también el orden con que se irá implementando el uso paulatino de los diversos clasificadores que integran el presente Manual.-
ARTÍCULO 3º.- La Dirección Provincial de Presupuesto, en su carácter de Órgano Rector del Sistema Presupuestario, realizará -mediante Resolución- las modificaciones, interpretaciones, aperturas y/o supresiones de partidas a que diera lugar la utilización del Manual aprobado, quedando facultada para resolver las cuestiones específicas que genere su puesta en práctica y ejecución permanente, debiendo publicar junto al Decreto de Distribución de Créditos de la Ley de Presupuesto, el nuevo Manual de Clasificaciones y/o el instrumento legal pertinente a los efectos de su actualización.-
ARTÍCULO 4º.- Déjase sin efecto, a partir de la fecha del presente, toda norma que se oponga al presente.-
ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las acciones que resultaren necesarias a fin de notificar, instruir y capacitar a los distintos organismos que componen la Administración Pública Provincial, para la implementación del “Manual de Clasificaciones Presupuestarias del Sector Público Provincial”.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








