BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 18/05/2015

DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 6, SECRETARIA Nº 11, en el EXPTE B-245137/10 caratulado: EJECUTIVO: “COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S. A. c/CHAUQUE, ORLANDO. hace saber por este medio al Sr. ORLANDO CHAUQUE que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente sentencia: “San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2014: AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. en contra de ORLANDO CHAUQUE, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON OCHO CENTAVOS ($6.541,08),  con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2º) Imponer las costas al demandado vencido (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Regular los honorarios profesionales de la letrada interviniente Dra. LUCIA DI PASQUO, en la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y DOS ($962) por su actuación en el doble carácter, importe que devengará un interés igual a la tasa consignada  para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere. L. A Nº 54 Fº 673/678 Nº 235)- 4º) Notificar al demandado por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-Fdo. Dra. Maria Cristina Molina Lobos-Juez. Ante mí: Dra. Maria Susana Zarif-Secretaria”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación en la Provincia por TRES VECES en CINCO DIAS.- San Salvador de Jujuy, 05 de Febrero de 2.015.-

13/15/18 MAY. LIQ. Nº 121033 $210,00.-