BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 08/05/2015

Dra. SILVIA ELENA YECORA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el REF. EXPTE. N° B-278842/12, caratulado: EJECUTIVO: GARBARINO SAICeI C/TEJERINA MARIA INES, ordena se notifique al SRA. TEJERINA MARIA INES, la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Octubre de 2.012.- 1.-Téngase por presentado a la Dra. LUCIA DI PASQUO en nombre y representación de GARBARINO S.A.C.E.I., merito de la copia de poder general que adjunta debidamente juramentado, por parte y por constituido domicilio legal. 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra de lA demandada MARIA INES TEJERINA Mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO C/ 18/100 ( $1.934,18) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE C/09/100 ($967,09) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre los bienes embargados registran algún gravamen y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, y cítesele de remate prendario a Juez embargante y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO (5) DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria 4, sito en calle Independencia, Esquina Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisionase al OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (art. 52 del C.P.C.).- 4.- Téngase presente la cesión que adjunta.- 5.- Notifíquese (art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Cristina Marco- Juez Habilitada-Ante Mi Dra. Beatriz Borja-Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS. (Art. 489 del C.P.C)- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la Última publicación y en su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Diciembre del 2014

08/11/13 MAY. LIQ. Nº 121028 $210,00.-