BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 29/04/2015

POLICÍA DE LA PROVINCIA DE JUJUY (D-1) DEPARTAMENTO PERSONAL.-“La Policía de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº 0412-557-2008, caratulado: “POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, SOLICITA DECRETO DISPONIENDO EL RETIRO OBLIGATORIO POR INVALIDEZ DEL PERSONAL DE ESTA REPARTICION POLICIAL, POR ENCONTRARSE EN LAS PREVISIONES DE LA LEY DE RETIROS Y PENSIONES Nº 3759/81”, notifica al señor BARRETO MARCELO JAVIER, DNI Nº 26.264.309, conforme a las previsiones del artículo 50º, 51º, inc. 4) y 59º de la Ley Nº 1886/48, de los términos del DECRETO Nº 7.245-G-15, San Salvador de Jujuy, 24 de febrero del 2015, VISTO…y CONSIDERANDO:…Por ello, en uso de las facultades que le son propias. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el cese en el Servicio activo del CABO PRIMERO BARRETO MARCELO JAVIER-DNI Nº 26.264.309, Legajo 13.469, por encontrarse comprendido en las disposiciones previstas en el Art. 14º Inc. k), concordante con el Art. 22º inc. b) de la Ley de Retiros y Pensiones Nº 3759/81, (Retiro Obligatorio por Invalidez). ARTICULO 2º: Por la Policía de la Provincia (Departamento Personal) notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el Capitulo III, artículo 50º, 51º y ccs. de la Ley Nº 1886/48, bajo apercibimiento de la instrucción de los sumarios administrativos/judiciales pertinentes por incumplimiento a lo normado por el presente Decreto. ARTICULO 3º: De forma.- Fdo.: Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER-Gobernador; C.P.N. ARMANDO RUBEN BERRUEZO.-Ministro Jefatura de Gabinete; Dr. ALBERTO MATUK-Ministro de Gobierno y Justicia.- Fdo.: Eugenio R. Silvestre-Comisario Mayor.-

24/27/29 ABR. 04/06 MAY. S/C.-