BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 24/04/2015
Dra. ALEJANDRA MARIA LUZ CABALLERO, Presidente de Tramite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalia N° 8 a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, en el Expte. N° C-023382/14 Caratulado: “ESCRITURACIÓN: MAMANI FRANCISCA c/GUANUCO HILDA Y MENDEZ JUAN PABLO”, hace saber a la Sra. HILDA GUANUCO, que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 10 de Abril del 2015. 1. Atento lo solicitado por la actora a fs. 64 y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del Art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del auto de fecha 12 de mayo del 2014 (fs. 28), los que se publicaran en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos y que las copias para traslado se encuentran a disposición de la demandada, Sra. Hilda Guanuco, en Secretaria de esta Vocalia N° 8. La carta documento dirigida al Sr. Juan Pablo Méndez, agréguese y téngase presente. 2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. DRA. ALEJANDRA M. L. CABALLERO-Presidente de Tramite. Ante mi Dra. LILIANA CHOROLQUE. Secretaria”-Transcripción del auto de fs. 28: “San Salvador de Jujuy, 12 de Mayo de 2014. 1. Proveyendo presentación de fs. 21/27 vta., téngase por presentada a la Dra. Myriham Y. El Jadue, en nombre y representación de la parte actora, Sra. FRANCISCA MAMANI, a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que se adjunta y luce a fs. 02/03 de autos. Por constituido domicilio legal y por parte 2. Por promovida la presente demanda por Escrituración y Daños y Perjuicios, la que tramitara en conformidad al procedimiento ordinario (art.294 y ss. del C.P.C.). 3. De la misma confiérase traslado a los accionados, Sres. HILDA GUANUCO Y JUAN PABLO MENDEZ, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE (15) DIAS, con más la ampliación de UN DIA en razón de la distancia para el segundo de los nombrados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C. 4. Asimismo intimase a los demandados para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los Tres (3) kms. del asiento de esta Cámara, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.). 5…,6…,7.. Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M.L. Caballero-Presidente de Tramite- Ante mi Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria”.-PUBLIQUESE en el Boletín Oficial y un Diario Local, TRES VECES en el término de CINCO DIAS.-San Salvador de Jujuy, 13 de abril de 2015.-
24/27/29 ABR. LIQ. Nº 120931 $210,00.-








