BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 24/04/2015
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-263653/11 Caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/CRUZ CLAUDIO CESAR.“, hace saber a SR. CLAUDIO CESAR CRUZ la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 23 de Setiembre del 2.014.- AUTOS Y VISTOS:…- RESULTA:…- CONSIDERANDO:…- RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social C.A.R.S.A. SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. CLAUDIO CESAR CRUZ hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS TRES MIL CINCUENTA Y CUATRO con CUARENTA CENTAVOS ($3.054,40) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere, con más el CINCUENTA POR CIENTO (50 %)de dicha tasa en concepto de interés punitorio, desde la interposición de la demanda.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios del DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR en la suma de PESOS UN MIL ($1.000.-) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. Nº 14, Fº 27/28 Nº 16, 11/03/11), por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 14 en contra del SR. CLAUDIO CESAR CRUZ mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar, etc..-Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez -Ante Mi. Proc. Marta J. Berraz de Osuna -Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre del 2014.-
20/22/24 ABR. LIQ. Nº 120788 $210,00.-








