BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 15/04/2015

Dra. MARISA E. RONDONI-JUEZ-, JUEZ, de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy en el Expte. Nº C-013715/13 caratulado: CARSA S.A. c/ VAZQUEZ HECTOR DANIEL se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 09 de diciembre de 2013.- Por presentado el DR. EKEL MEYER, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la razón social CARSA S.A., a mérito del Poder General para juicios que acompaña.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese Mandamiento de pago, ejecución y embargo, en contra de VAZQUEZ HECTOR DANIEL, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON UN CENTAVOS ($3.677,01) en concepto de Capital, con más la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO CON CINCUENTA ($1.838,50), calculada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley. Asimismo deberá manifestar si los bienes embargados registran gravamen y en su caso exprese nombre, monto y domicilio de o los acreedores. Asimismo, cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, por ante éste Juzgado y Secretaría Nº 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y por el mismo plazo señalado, se intimará a la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del ídem). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. JUEZ DE PAZ DE PALPALA, con las facultades inherentes del caso y a quién se librará el correspondiente OFICIO. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno fuere feriado.-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).Fdo. Dra. Marisa E Rondon-Juez-Ante Mi: Sra. Norma Farach de Alonso-Secretaria.-Publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES EN CINCO DIAS.-

15/17/20 ABR. LIQ. Nº 120783 $210,00.-