BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 13/04/2015

CONTRATO DE MODIFICACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SIREDE S.R.L. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los 23 días del mes de Enero del año 2015, se reúnen los señores PATRICIA ALEJANDRA CORONEL, D.N.I. 17.651.950 Argentina, Casada con Jorge Leonardo Ackerman, de profesión Empleada administrativa con domicilio en calle Abraham Lincoln Nº 495 del Bº Bajo Gorriti de la Ciudad de San Salvador de Jujuy , Provincia de Jujuy, y el Sr. GONZALO MARTIN ACKERMAN, argentino, Soltero, de profesión Procurador, D.N.I. 36.048.598, con domicilio en Rondeau Nº 376 Piso N° 2 Dpto. “D” de la Ciudad de Córdoba , , todos hábiles, mayores de edad, se reúnen a fin de celebrar el presente contrato de SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a la cláusulas que a continuación se detallan: PRIMERA: Que, conforme las observaciones efectuadas en el CONTRATO CONSTITUTIVO DE SIREDE S.R.L. celebrado con fecha 28 de Marzo del 2014, en el Expte. C-022.392/14 en lo referente al Capital Social del mismo, las partes ut-supra mencionadas convienen ampliar el mencionado capital social en la suma de SETENTA MIL PESOS ($70.000,00) al ya constituido por lo que en idénticas proporciones a las del Contrato constitutivo. SEGUNDA: Que conforme lo manifestado precedentemente, El capital social de SIREDE S.R.L. Queda constituido en un total de PESOS CIEN MIL ($100.000,00) dividido en MIL (1.000) cuotas sociales de PESOS CIEN ($100) cada una de las mismas, suscriptas e integradas en su totalidad mediante aporte en Efectivo. Por lo que corresponde a cada uno de los socios los siguientes porcentajes: A la Sra. PATRICIA ALEJANDRA CORONEL, QUINIENTAS (500) cuotas, y al Sr. GONZALO MARTIN ACKERMAN, QUINIENTAS (500) cuotas. Es decir que a la Sra. PATRICIA CORONEL le corresponde el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del paquete accionario, y al Sr. GONZALO MARTIN ACKERMAN el CINCUENTA POR CIENTO RESTANTE (50%) del paquete accionario.- TERCERA: De conformidad con lo estatuido en las dos cláusulas que anteceden, las partes firman el presente contrato en el lugar y fecha de su otorgamiento, facultando al DR. JORGE L. ACKERMAN, con domicilio legal en calle Belgrano Nº 1414 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Matricula Profesional Nº 1283 a realizar todas y cada una de las gestiones tendientes a la Inscripción de la Sociedad en el Registro Público de Comercio y en caso que fuere necesario efectuar las modificaciones contractuales que el Sr. Juez de Comercio estime.-ACT. NOT. B 00127054, ESC. SUSANA DANIEL DI PIETRO. TIT. REG. Nº 7, S.S. DE JUJUY.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 07 de Abril de 2015.-

MARTA I. CORTE

Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO

13 ABR. LIQ. Nº 120831 $100,00.-