BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 25/03/15
EXPTE. Nº 200-275/13 y Agdo. Nº 714-1000/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorízase el pago de cuarenta y cinco (45) días de Licencia Anual Ordinaria ejercicio 2.009, no usufructuada por el entonces agente Bioq. JORGE ENRIQUE MORALES, D.N.I. Nº 07.379.127, quien revistaba en el cargo Categoría E (j-2), Agrupamiento Profesional Ley 4418, del Hospital “Pablo Soria”, a favor de su cónyuge supérstite, Sra. María Elisa del Carmen Aguirre, D.N.I. Nº 13.889.484, en su carácter de única y universal heredera, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.-Desestímese el reclamo de pago de los proporcionales correspondientes a los haberes de marzo de 2010 y Sueldo Anual Complementario del mismo año, por haberes abonados de los mismos, conforme se desprende de fs.82/83 (Expte. Nº 714-1000/10).
ARTICULO 3º.-Desestímese por improcedente el pedido de pago de Licencia proporcional por Vacaciones del ejercicio 2010, por no acreditar los recaudos previstos en el artículo 53º de la Ley 3161/74.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR