BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 09/03/2015
Dr. Ricardo Sebastián Cabana-Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-246.326/11 caratulado:”EJECUTIVO: CREDINEA S.A. c/CARRANZA NICOLAS ENRIQUE” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco Días, para cuyo caso el termino del emplazamiento comenzara a correr a partir del quinto día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. NICOLAS ENRIQUE CARRANZA, DNI Nº 14.891.612, del PROVEÍDO DE FS.12: “San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero de 2011.-Téngase por presentado el DR. MARTÍN MEYER, en nombre y representación de la firma CREDINEA S.A., a merito de Poder General para juicios que en fotocopia juramentada acompaña. Por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los Arts.472, 478 y Ss. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. CARRANZA NICOLAS ENRIQUE en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON 30/100 ($4.316,30) en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 89/100 ($1.294,89) presupuestada para responder a acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose Depositario Judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las previsiones y formalidades de la ley.-Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DIAS, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la presente ejecución.-Así mismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de los que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo termino, intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Kms del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.52 del Ítem, haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria son los Martes y Jueves o el día hábil siguiente si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.-Fdo. Dr. Roberto Siufi-Juez-ante mi: Dra. Mariana del Valle Drazer.-Secretaria.-Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 25 de Junio de 2014.-Dra. Maria Fabiana Otaola, con Firma Habilitada.-
09/11/13 MAR. LIQ. Nº 120311 $210,00.-








