BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 09/03/2015
Dra. Marisa Eliana Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 6, en el EXPTE. Nº B-224888/10 caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. c/MARTÍNEZ RAMÓN PASCUAL”, se procede a notificar por este medio al Sr. MARTÍNEZ RAMÓN PASCUAL D.N.I. 22.050.120 el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 13 de Septiembre de 2010”.-1.-Por presentado el DR. FERNANDEZ CANAVIRE JOSE E. por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de la razón social CARSA S.A., a mérito del Poder Gral. Juramentado obrante a fs.4/6 de autos.-De conformidad a lo dispuesto por los Arts.472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de MARTÍNEZ, RAMÓN PASCUAL, por la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA C/23/100 CTVS ($1430,23) en concepto de Capital, con más la suma de PESOS SETECIENTOS QUINCE C/11/100 CTVS. ($715,11) calculada para responder a intereses legales y costas del presente Juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia parte demandada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo cítesela de REMATE para oponga excepciones si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, por ante este Juzgado Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-Córrasele traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y por el mismo plazo señalado se intimará a la parte demandada para que en el mismo plazo señalado constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art.52 del ítem.-Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado.-Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.-Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación.-San Salvador de Jujuy, 22 de Septiembre del 2014.-
04/06/09 MAR. LIQ. Nº 120281 $210,00.-








