BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 06/03/2015

Dr. Juan Pablo Calderon-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-270805/12 caratulado, EJECUTIVO: CARSA S.A. C/RIVAS, JAVIER ALBERTO, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 10 de Noviembre de 2.014.-AUTOS Y VISTOS:..RESULTA:..CONSIDERANDO:..RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A., en contra del Sr. JAVIER ALBERTO RIVAS, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOS MIL TRESCIENTOS OCHO CON CINCUENTA CTVOS. ($2.308,50), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art.509 del C.Civil) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.-II.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. LUCIA DI PASQUO, en la suma de PESOS: DOS MIL ($2.000,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada Nº 179/14 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere.-III.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs.27, mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.-V.-Imponer las costas a la vencida (Art.102 del C.P.C.).-VI.-Agregar copia en autos, hacer saber, etc.-Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon, Juez. Ante Mi Dra. Silvina Rodriguez Alvarez, Prosecretaria.-Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaria Nº 2, Dra. Silvina Rodriguez Alvarez.-San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2.014.-

04/06/09 MAR. LIQ. Nº 120276 $210,00.-