BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 06/03/2015

Dr. Juan Pablo Calderon-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº Uno-Secretaria Nº Uno, en los autos caratulados B-251796/11: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/MARTÍNEZ RODRIGO ISMAEL, se hace saber la siguiente Resolución: S.S. de Jujuy 04 de noviembre de 2014.-AUTOS Y VISTOS…CONSIDERANDO… RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A., en contra del Sr. MARTÍNEZ RODRIGO ISMAEL hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: SETECIENTOS TRES C/97/100 ($703,97), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art.509 del C.Civil) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora (10/08/08) y hasta el efectivo pago.-II.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. DI PASQUO SILVANA L. en la suma de PESOS MIL ($1.000,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Libro de Acordadas Nº 17, Fº 325/326 Nº 179) del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere.-III.-Notificar la presente Resolución por cedula, por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.-V.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.-VI.-Imponer las costas a la vencida (Art.102 del C.P.C.).-VII.-Agregar copia en autos, hacer saber, etc.-Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon Juez Ante mí Dra. Maria Cecilia Farfan-Secretaria.-A tales efectos publíquense Edictos en el Boletin Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.-Secretaría Nº 1: 04 de noviembre del 2014.-

02/04/06 MAR. LIQ. Nº 120271 $210,00.-