BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 27/02/2015

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 Secretaria N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. C-016384/14, Caratulado: “EJECUTIVO: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO C/BEPRE GUILLERMO EDUARDO”, hace saber al SR. BEPRE GUILLERMO EDUARDO, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 24 de Febrero de 2014.-1-Por presentado el DR. MARTIN MODENA, por parte por constituido domicilio legal, para actuar en nombre y representación del SR. SEBASTIAN ALEJANDRO SOTO, a mérito de la copia debidamente juramentada de poder para juicios que rola agregada en autos.-2.-De conformidad con lo dispuesto por los Art.472, 478 y 480 del C.P.C., requiérasele de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO al demandado BEPRE, GUILLERMO EDUARDO, en el domicilio denunciado ($1.500) que se reclama en concepto de capital, con más la suma de ($750), presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre, y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. En el mismo acto, citase de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar adelante llevar adelante la ejecución. Córrase TRASLADO a la parte demandada del pedido de intereses, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el plazo señalado, se intimará para que se constituya domicilio legal dentro radio de TRES KMS del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art.52 del C.P.C.) Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.-A tal fin líbrese MANDAMIENTO, con las facultades inherentes al caso. Notifíquese art.154 C.P.C.-Fdo. Dra. Marisa E. Rondon -Juez-Ante Mi-Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Pro-Secretaria.-Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces En Cinco Días.-Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.-San Salvador de Jujuy, 28 de Noviembre de 2.014.-

25/27 FEB. 02 MAR. LIQ. Nº 120236 $210,00.-