BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 27/02/2015
Dr. Carlos M. Cosentini, Juez de la Cámara Civil y Comercial-Sala III-Vocalia Nº 7, en el EXPTE. Nº C-030054/14, caratulado: “EJECUCION DE HONORARIOS EN B-022565/97: NIETO, JUAN ERNESTO y ESPADA, ERNESTO RENE c/EMPRESA NUESTRA SEÑORA DE RÍO BLANCO S.A.”, hace saber que en esta Cámara Civil y Comercial se tramita la presente causa. En consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts.472, 478 y 480 del C.P.C., intímase a la accionada EMPRESA NUESTRA SEÑORA DE RÍO BLANCO S.A. a depositar la suma de Pesos: Cuatro Millones Quinientos Trece Mil Setecientos Dos ($4.513.702), con más la suma de Pesos: Un Millón Trescientos Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Diez con Sesenta Ctvos. ($1.354.110,60) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítasela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de Cinco Días, posteriores a la última publicación de edictos, en esta Excma. Cámara en lo Civil y Comercial-Sala III-Vocalía Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52 del ítem.-Notifíquese Art.154 del C.P.C.-Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Vocalía Nº 7, Dr. Ariel O. Cuva, Prosecretario.-San Salvador de Jujuy, 10 de Febrero de 2.015.-
23/25/27 FEB. LIQ. Nº 120217 $210,00.-








