BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 13/02/2015

Centro Judicial San Pedro de Jujuy: Cámara Civil y Comercial-Sala IV-Vocalia Habilitada: Dra. Graciela Alejandra Silva-en el Expte N°“A”50612/11 caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: Edelmira Emilia Erico y Rafael Atilio Michelutti c/Eduardo Antonio Chávez y Juan Pablo Gramajo” procede a notificar el decreto que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 16 de Marzo de 2.012.I.-Por presentado el Dr. Jorge Marcelo Ibáñez, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de Edelmira Emilia Erico y Rafael Atilio Michelutti, a mérito de Escritura Pública N°132 y 205. Registros Notariales N°26 y 76, respectivamente; de Poderes Generales para Juicios, que en copias juramentadas acredita.II.-Atento la demanda ordinaria por daños y perjuicios deducida en contra de Eduardo Antonio Chavez con domicilio en calle Monteagudo N°62 y Juan Pablo Gramajo con domicilio en calle Juan XXIII N°271, ambos de la ciudad Bella Vista, Provincia de Tucumán, admítase la misma, que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral (art.287 del Cod. Proc. Civil).III.-Córrase traslado de la demanda interpuesta a los codemandados Eduardo Antonio Chavez y Juan Pablo Gramajo con las copias respectivas, en el domicilio denunciado para que la contesten en el plazo de Quince (15) días hábiles, con más cinco (5) días hábiles en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art.298 del Cod. Proc. Civil), intimándolos asimismo a que constituyan domicilio legal en el radio de 3 km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarles las posteriores diligencias y resoluciones cualesquiera fuere su naturaleza, por Ministerio de ley (art.52 Cod.Proc.Civil). IV.A la citación de Tercero en Garantía peticionada ha lugar, debiéndose notificar a la firma Seguros Rivadavia con domicilio en Avda.7 N°755 de la Ciudad de La Plata para que en le plazo de quince (15) días hábiles con más veintidós (22) días hábiles en razón de la distancia (Art193 Cod.Proc.Civil Art. 18 Ley 17.418 de Seguros) comparezca a estar a derecho en la presente causa bajo apercibimiento de dársele por decaído el derecho de intervenir en el juicio (art.80 del C.P.C.).V-NOTIFÍQUESE a la citada por Carta Documento, facultándose a su diligenciamiento al Dr.Jorge Marcelo Ibáñez y/o la persona que este designe, previniéndole que deberá acreditar ante este Tribunal el envío de la notificación en el término de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de dicha citación.VI-VIII. Resérvese en Secretaría los instrumentos de prueba que en sus originales da cuenta el cargo precedente.IX.Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. X.-Notifíquese por cédula. Fdo. Dr.Hugo Alfredo Beltramo-Vocal Pte.de Trámite, ante mí: Dra. Silvia Elena Yecora-Prosecretaria”. San Pedro de Jujuy, 21 de Diciembre de 2.012. I.-Por presentado el Dr. Mario Rodolfo Alejandro Mallagray por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de Edelmira Emilia Erico y Rafael Atilio Michelutti a mérito de la Personería de Urgencia acordada al letrado por las razones invocadas, el mismo deberá en el término de treinta (30) días acreditar la representación invocada con las instrumentos idóneos, bajo apercibimiento-si no lo hiciere, de tenerlo por no presentado en este proceso (art.60 3er parrf. Cód. Proc. Civil).II.-Conforme lo solicitado y conforme proveído de fs.69 Ap. VII, dése cumplimiento a lo decretado en los Apts.III a VI, a sus efectos. III.-IV.-Notifíquese. Fdo.:Dr. Hugo Alfredo Beltramo-Vocal Pte. de Trámite-ante mi Dra.Silvia Elena Yecora-Prosecretaria. Se faculta para correr con su diligenciamiento al Dr. Mario Rodolfo Alejandro Mallagray y/o a la persona que el mismo designe.-Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.-San Pedro de Jujuy, 03 de Febrero de 2015.-

11/13/18 FEB LIQ. Nº 120164 $210,00