BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 13/02/2015

Acta de Modificación de Contrato de Sociedad en Formación.-(Expte.C-034395/14-Inscripción:Constitución de Sociedad- Juzgado Nº6-Juzgado de Comercio). En la Ciudad de Perico, Dpto. El Carmen Provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los diez (11) días de Diciembre del año 2014, se reúnen los Señores Marcos Gustavo Zarate, argentino, D.N.I.29.717.740, de 31 años de edad, soltero, CUIL 20-29.717.740-1, empresario, con domicilio real en finca Zarate s/n Pozo Cavado Localidad de Puesto Viejo, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, Iris Natalia Rojas, argentina, D.N.I.28.543.783, de 33 años de edad, soltera, CUIL.27-28.543.783-6, estudiante, con domicilio real en Complejo Arenales Torre “F”-Dpto.175-3° piso Ciudad de Salta, Provincia de Salta, quienes acuerdan en modificar la denominación de la razón social de la sociedad la cual forman parte según consta en contrato de constitución agregado en autos a fs. 2 a 4 y vta., Expte C- 034395/14- con el nombre “M-Zarate Empresa de Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada “y que a partir de la fecha pasara a denominarse “MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Así también se deja establecido que los socios acuerdan en modificar la Cláusula Quinta: Capital Social, Suscripción e Integración. Quedando la Cláusula quinta redactada de la siguiente manera: “Quinta: Capital Social, Suscripción e Integración.-El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Ochenta Mil ($280.000) dividido en cien (100) cuotas de pesos dos mil ochocientos ($2.800) cada una, que los socios suscriben en este acto y en la siguiente proporción: Marcos Gustavo Zarate noventa (90) cuotas de Pesos Dos Mil Ochocientos ($2.800) cada una, lo que hace un total de Pesos Doscientos Cincuenta y Dos ($252.000) es decir el (90%); Iris Natalia Rojas diez (10) cuotas de Pesos dos Mil Ochocientos ($2.800) cada una, lo que hace un total de Pesos Veintiocho ($28.000), es decir un (10 %).-Los Socios suscriben e integran el capital en la forma proporcional que le corresponde a cada uno, de la siguiente forma: Ambos socios se comprometen a aportar en especie el 25% del Capital total de la sociedad , el cual sirve como depósito en garantía de la misma, aportes, los cuales surgen en bienes que constan en el inventario practicado a cada una de los socios al día 14 de Octubre del año 2014, conformado por el Contador Público Nacional Gonzalo Miguel Tejerina, Matricula Profesional Nº1.440, Certificado y Legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, aportes que se considera integrado al presente contrato, y que los socios ceden y trasfieren en propiedad por este acto a la Sociedad. Ambos Socios se comprometen a completar el aportes de sus cuotas societarias en dinero, en un plazo de dos años, de acuerdo lo establece el artículo 149 de la ley 19.550–También se deja establecido que salvo las modificaciones precedentes (cambio de Denominación de Razón Social y Cláusula Quinta) el Contrato de Constitución de esta sociedad sigue vigente en lo que no fue modificado, por que dichos cambios se realizan en virtud de la observación efectuada por V.S a fs. 21 En decreto de fecha 11 de Noviembre del presente año, donde establece en el tercer y cuarto párrafo lo siguiente: “Atento a lo informado precedentemente y constancias de autos, deberán los socios modificar la denominación de la razón social toda vez que si bien el nombres social es libremente elegible, debe responder al principio de novedad, de unidad, y de conformidad, conforme doctrina administrativa del Ministerio de Justicia ( nombre social- control de homonimia) y articulo 6 de la ley 19.550”.. Como así también se deja constancia que por parte del Socio mayoritario Marcos Gustavo Zarate se adjunta un nuevo inventario en remplazo del que se encuentra adjuntado en fs.7 a 10 de autos, en virtud de las observaciones de fs 21 cuarto párrafo. “En cuanto a los bienes que integran el capital social detallados en inventario que se acompaña, oportunamente, deberá el presentante dar cumplimiento con lo provisto en art. 38 último párrafo de la Ley 19.550.Firmándose dos (2) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto en la Ciudad de Perico, Dpto. El Carmen Pcia. De Jujuy, a los 10 días del mes de Diciembre del año dos mil catorce.-Act. Not. B-00113179-Esc. Adriana Cecilia Bravo TIT. REG. Nº 64-Ciudad de Perico-

Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 30 de Diciembre de 2014.

MARTA ISABEL CORTE-Secretaria

JUZGADO DE COMERCIO

13 FEB LIQ. Nº 120180 $120,00