BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 07/01/2015

AUMENTO DE CAPITAL DE “LUCSOL S.R.L.”.-En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, república argentina, a los un días del mes de diciembre del año dos mil catorce, entre los cónyuges en primeras nupcias don CESAR JAVIER STORNI, argentino, con documento nacional de identidad número 17.652.071, CUIT Nº 20-17652071-0, de 48 años de edad, comerciante, y doña MARIA VERONICA RUTILI, argentina, con documento nacional de identidad número 22.508.885, CUIT Nº 27-22508885-9, de 42 años de edad, comerciante, domiciliados en calle Senador Pérez 197 Planta Alta de esta ciudad, quiénes intervienen por sus propios derechos y en el carácter de únicos socios de la sociedad “LUCSOL S.R.L.”, con domicilio en jurisdicción de la ciudad de San Salvador de Jujuy, actualmente en Avenida Senador Pérez 197, Planta Baja, según así resulta del contrato social celebrado en fecha 9 de agosto de 2007, inscripto en el Registro Público de Comercio al Folio 600, Acta Nº 587 del Libro II de S.R.L. y bajo asiento Nº 59 al Folio 590/595 del legajo XII, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 28 de agosto de 2007 y su modificación celebrada privadamente en fecha 14 de diciembre de 2009, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo asiento Nº 1, al Folio 1/2 del Legajo XIII, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 03 de febrero de 2010, convienen: PRIMERO: Que con el objeto de adecuar el relacionado contrato social al cambio de actividad propuesto y resuelto por los socios en reunión de fecha 31 de octubre de 2014 y conforme lo proveído por la Juez competente en el Expte. Nº C-034881/14, los otorgantes han resuelto el aumento del Capital social de la firma mediante Acta de reunión de socios Nº 10 de fecha 21 de noviembre de 2014, pasada al folio Nº 10/11 del libro Nº 1 de Actas, habilitado por el Registro Público de Comercio en fecha 28 de agosto de 2007, que se transcribe a continuación: “ACTA DE REUNIÓN DE SOCIOS N° 10: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 21 días del mes de Noviembre del año 2014, en la sede social de LUCSOL SRL, sito en Avenida Senador Pérez 197, Planta Baja, siendo las 10.00 hs., se reúnen los señores César Javier Storni y María Verónica Rutili, en el carácter de únicos socios, con el objeto de tratar el tema para el que fueron convocados por el señor Gerente, fundamentalmente el relacionado con la Ampliación del Capital Social. Al respecto el señor César Javier Storni manifiesta que con motivo de la modificación del objeto social de LUCSOL SRL, corresponda la Ampliación del Capital Social originario de la Empresa. A esos efectos es que se propone ampliar el capital social de la misma en $140.000,00 (pesos ciento cuarenta mil) en dinero efectivo, siendo suscripto el mismo en la proporción equivalente a las cuotas originariamente suscriptas por cada uno de los socios. De esta manera surge que el señor César Javier Storni suscribe el 60% del mencionado aumento que asciende la suma de $84.000,00 (pesos ochenta y cuatro mil) y la señora María Verónica Rutili suscribe el 40% de dicho aumento, lo que representa la suma de $56.000,00 (pesos cincuenta y seis mil). Puesto a consideración de los socios el aludido aumento de capital y luego de un amplio debate, se aprueba por UNANIMIDAD.-De este modo y de conformidad a lo prescripto por el artículo 149 de la Ley 19550, los socios integran en éste acto el 25% de la parte suscripta del aumento de capital, el que será depositado a la orden del Juzgado interviniente.-Sin más asuntos que tratar, siendo las 12.00 hs. del día de la fecha, se da por finalizada la reunión de socios, asentándose la presente acta en el Libro de Actas habilitado al efecto”. Firmado: César Javier Storni-María Verónica Rutili.-Por lo expuesto, los socios resuelven AUMENTAR el Capital social en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000) llevando en consecuencia el mismo a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000), suscripto íntegramente por ambos socios en su totalidad, en la proporción del 60% por el socio César Javier Storni es decir la suma de $84.000 (ochenta y cuatro mil pesos) y del 40% por al socia María Verónica Rutili es decir la suma de $56.000 (cincuenta y seis mil pesos).-Este aumento de capital es integrado efectivamente en dinero, en éste acto, en el porcentaje del 25% (veinticinco por ciento), importe ingresado a la caja de la firma para su posterior depósito en el Expediente judicial antes relacionado.-Por el saldo del capital, los socios se comprometen integrarlo en el plazo de dos años a partir de la fecha.-SEGUNDO: En este estado, ambos socios resuelven también facultar a César Javier Storni y/o al Escribano Jorge Alberto Frías, para que actuando separada o alternativamente, realicen ante el Registro Público de Comercio, todos los trámites y gestiones necesarias para la inscripción de la presente modificación en dicho organismo, facultando a ambos a proponer modificaciones al presente, interponer, en su caso, los recursos que las leyes procesales y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos y documentos, y para que realicen todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el fin indicado.-En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al comienzo.-ACT. NOT. Nº B-00108987 ESC. JORGE ALBERTO FRIAS, TIT. REG. Nº 35 de ésta Ciudad.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Diciembre de 2014.-

MARTA I. CORTE

Secretaria-JUZGADO DE COMERCIO

07 ENE. LIQ. Nº 119932 $75,00.-